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Acción de Protección

Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Municipalidad de Recoleta debe adoptar medidas urgentes contra el comercio ambulante en la Vega Central, resuelve la Corte Suprema.

Deberá ejecutar y hacer uso de sus atribuciones y facultades esenciales, a fin de mantener de manera constante el debido orden, aseo e higiene diaria (extracción de basuras y otros desechos) y controlar el comercio estacionado y/o ambulante que se encuentre copando la vía pública donde se sitúan los comercios establecidos de los recurrentes, ubicados en el sector aledaño a La Vega Central, debiendo sancionar a los infractores.

Por Francisca Atenas·19 de marzo de 2025·4 min de lectura
cooperativa.cl
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Recoleta, por no adoptar medidas efectivas para impedir la instalación del comercio ambulante en el sector aledaño a La Vega Central.

La recurrente sostuvo que tal omisión ha provocado una amenaza a sus derechos y garantías constitucionales, afectando directamente los establecimientos formales establecidos en La Vega Central, ya que el comercio ambulante genera competencia desleal, aumenta la basura y fomenta la delincuencia, perjudicando a clientes y trabajadores del sector. Solicitó que se ordene al municipio adoptar medidas concretas para prohibir el comercio ambulante, asegurar la limpieza del sector, proteger la seguridad y la libre circulación peatonal, y aplicar las sanciones correspondientes.

El municipio insta por el rechazo del recurso, argumentando que es extemporáneo, ya que se impugna una omisión de largo tiempo. Alegó que el asunto debe resolverse por la vía correspondiente. En cuanto al fondo, detalló las acciones realizadas para controlar el comercio ambulante, regularizar la ocupación de bienes públicos, limpiar los residuos de la Vega Central y restablecer el orden público, incluyendo proyectos de mejoramiento vial y fiscalizaciones. Además, aclaró que la responsabilidad de la seguridad recae no solo en los municipios, sino también en el Gobierno Central y sus Ministerios, conforme a la Ley N° 20.530.

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