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Acción de Protección

Acción de protección acogida

Corte Suprema revoca decisión y ordena reincorporación de funcionaria desvinculada por licencias médicas

La mera acumulación de licencias médicas no justifica automáticamente la desvinculación. Se requiere una motivación sustantiva para declarar la incompatibilidad de salud con el cargo. La Corte distinguió entre "salud irrecuperable" y "salud incompatible", conceptos que no son equivalentes. La resolución administrativa fue calificada como arbitraria por falta de motivación adecuada.

Por José Manuel Larraguibel·01 de julio de 2025·7 min de lectura
Imagen: hospitaldequilpue.cl
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En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto en favor de una funcionaria en contra del Hospital de Quilpué, donde ejercía su labor, y del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, dejando sin efecto la resolución administrativa que declaró vacante su cargo por haber hecho uso de más de seis meses de licencia médica en un período de dos años.

La decisión revoca lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, disponiendo además su reincorporación al cargo y el pago de las remuneraciones y estipendios correspondientes, debidamente reajustados.

El conflicto se origina a partir de la dictación de una resolución, mediante la cual el Hospital de Quilpué, dependiente del Servicio de Salud Viña del Mar–Quillota, declaró vacante un cargo por salud incompatible, en razón de la acumulación de más de seis meses de licencias médicas dentro de un período de dos años. La medida se adoptó pese a que existía un informe de la COMPIN que calificaba la salud de la funcionaria como recuperable.

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