13°C · Nublado·Santiago·Martes, 04 de agosto de 2026

Acción de Protección

Recurso de protección acogido

Corte Suprema ordena exhumación y traslado de restos pese a oposición de propietaria de sepultura

El máximo Tribunal acogió el recurso al estimar que la autoridad sanitaria rechazó la solicitud de exhumación sin fundamentación suficiente y aplicando erróneamente la normativa sobre prelación de parientes, pues la madre del menor tenía preferencia legal para requerir el traslado de los restos pese a la oposición de la propietaria de la sepultura.

Por Francisca Atenas·25 de noviembre de 2025·2 min de lectura
conurbados.com
Imagen referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado el recurso de protección interpuesto por la madre de un menor fallecido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y del Cementerio Parque del Recuerdo, por la negativa a autorizar la exhumación y traslado de los restos del menor a la ciudad de Rancagua.

La recurrente sostuvo que, como madre y pariente más cercano vivo, tenía derecho a solicitar la exhumación en virtud del artículo 75 del Reglamento General de Cementerios, sin requerir autorización de la propietaria de la sepultura donde se encuentran los restos. Alegó que la negativa era ilegal y arbitraria, vulnerando su integridad psíquica, el respeto a la vida privada y la igualdad ante la ley.

En sus informes, la SEREMI de Salud sostuvo que la oposición de la propietaria de la sepultura —abuela paterna del menor— le impedía autorizar la diligencia, ya que dicha persona debía ser oída en el procedimiento administrativo conforme a la Ley N°19.880. El Cementerio Parque del Recuerdo, por su parte, explicó que actuó siguiendo criterios de la autoridad sanitaria y su reglamento interno, que exige autorización del titular de la sepultura para la apertura del espacio funerario.

La Corte de Apelaciones rechazó la acción cautelar considerando ajustada a derecho la decisión administrativa, estimando que no existía actuación ilegal ni arbitraria por parte de la autoridad sanitaria.

La Corte Suprema arribó a una conclusión diversa. En primer término, advirtió que la resolución impugnada carecía de fundamentación, incumpliendo el artículo 11 inciso 2° de la Ley N°19.880, lo que por sí solo permitía acoger el recurso. Luego, analizó el fondo del conflicto, señalando que la normativa establece una clara prelación respecto de quién puede solicitar exhumaciones, otorgando preferencia a los padres del fallecido —o al progenitor sobreviviente— en caso de menores de edad.

El máximo Tribunal enfatizó que la oposición de la propietaria de la sepultura solo puede ser atendida cuando se funde en un mejor derecho, lo que no ocurrió en este caso. La abuela alegó haber asumido el cuidado y gastos del menor y la existencia de un reglamento interno que exige su autorización; sin embargo, la Corte consideró que esos argumentos no pueden primar por sobre la preferencia legal expresa atribuida a la madre.

Asimismo, señaló que la SEREMI actuó apartándose de la normativa aplicable al rechazar la solicitud pese a que correspondía autorizar el traslado, desestimando la oposición presentada.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, acogió el recurso de protección y dejó sin efecto la resolución que rechazó la exhumación. Ordenó, además, autorizar el traslado solicitado por la madre, quien deberá asumir los costos asociados al procedimiento.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°24.129-2025 y Corte de Santiago Rol N°21076-2024 (Protección).

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.