
CUIDADORES CON DERECHOS PROTEGIDOS
Obligaciones de cuidadores deben ser proporcionadas para no afectar su integridad física y emocional, resuelve la Corte Constitucional de Colombia
La valoración integral de la situación del cuidador no desconoce el principio de solidaridad de la familia, el cual ha sido central en el desarrollo de la jurisprudencia constitucional sobre este servicio. Si bien existe un deber de apoyo a los familiares este no es absoluto, por lo que el Estado y la sociedad deben apoyar a la familia cuando para ella es desproporcionado asumir las cargas de solidaridad y cuidado por sí solas.
12 de junio de 2025



