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#Artículo 2195 del Código Civil

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Judicial

Casación fondo rechazada con prevención

Corte Suprema reafirma que el término del vínculo familiar transforma la ocupación en precario y habilita la restitución del inmueble

Sostuvo que la relación de parentesco que inicialmente justificaba la tenencia pierde eficacia cuando cambian las circunstancias, configurándose una ocupación por mera tolerancia del dueño, especialmente cuando cesa la convivencia que dio origen al uso del bien y no existe un título jurídico vigente que legitime la permanencia en el inmueble.

11 de abril de 2026

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Judicial

Casación fondo acogida

Corte Suprema descarta el precario cuando existe acuerdo previo entre las partes sobre el uso del inmueble

El fallo precisa que la acción de precario exige la ausencia total de un vínculo jurídico, de modo que no procede cuando la ocupación se funda en un acuerdo —aunque sea verbal— que explique la tenencia del bien, especialmente si dicho entendimiento se inserta en relaciones familiares y se ha mantenido de forma prolongada en el tiempo, descartándose así que se trate de una mera tolerancia del propietario.

06 de abril de 2026