Opinión
Protección de datos personales en materia laboral: el derecho a la imagen propia del trabajador
Tres pueden ser las garantías o los Derechos Fundamentales susceptibles de ser afectados o tensionados, a esta fecha en Chile, de la mano d de las TICs y en el contexto de las relaciones entre un empleador y sus trabajadores. El derecho “al respeto y a la protección” de la Vida Privada, a la Privacidad o la Intimidad; el derecho a la Inviolabilidad de toda forma de Comunicación Privada; y desde el año 2018 el derecho autónomo a la Protección de Datos Personales.

Tres pueden ser las garantías o los Derechos Fundamentales susceptibles de ser afectados o tensionados, a esta fecha en Chile, de la mano d de las TICs y en el contexto de las relaciones entre un empleador y sus trabajadores. El derecho “al respeto y a la protección” de la Vida Privada, a la Privacidad o la Intimidad; el derecho a la Inviolabilidad de toda forma de Comunicación Privada; y desde el año 2018 el derecho autónomo a la Protección de Datos Personales . . .
🔒 Contenido Premium
Esta información es exclusiva para Suscriptores Premium
Accede a todas las sentencias, fallos y archivo histórico.
¿Aún no tienes un plan de pago?
Desde $8.000 / mesContratar Plan Premium
¿Ya compraste tu plan?
Debes iniciar sesión con tu correo para desbloquear la lectura.
¿No tienes cuenta? Regístrate gratis aquí para ver contenidos abiertos.
Temas
Te puede interesar

Opinión
Confianza legítima. El principio de presunción de inocencia y la no renovación de contrata como gestión administrativa y no como sanción por falta grave a la probidad funcionaria

Opinión
Chicago y Berkeley: dos formas de regular la IA en la facultad de derecho

Opinión
Tres posibilidades donde elegir

Opinión
La fiscalización de las empresas mineras estatales: una institucionalidad que urge actualizar