Opinión
La Ley Karin y la Convivencia Escolar.
Dado que estudiantes y apoderados son ajenos a relación laboral, el procedimiento de investigación solo podrá concluir con la adopción de medidas correctivas dirigidas a prevenir la reiteración de la conducta reprochada, y a la prevención de vulneraciones posteriores de la víctima -docentes o asistentes de la educación-, y de todo el personal del establecimiento, sin que pueda tener lugar la sanción a los responsables, aspecto que solo podrá abordarse desde la normativa educacional, mediante la activación del protocolo correspondiente del Reglamento Interno .

Dado que estudiantes y apoderados son ajenos a relación laboral, el procedimiento de investigación solo podrá concluir con la adopción de medidas correctivas dirigidas a prevenir la reiteración de la conducta reprochada, y a la prevención de vulneraciones posteriores de la víctima -docentes o asistentes de la educación-, y de todo el personal del establecimiento, sin que pueda tener lugar la sanción a los responsables, aspecto que solo podrá abordarse desde la normativa educacional, mediante la activación del protocolo correspondiente del Reglamento Interno . . .
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