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Medio Ambiente

Protección ambiental en zonas de alta biodiversidad

SMA instruye a proyectos de energías renovables la adopción de medidas preventivas ante desierto florido

Los titulares de instalaciones fotovoltaicas y eólicas deberán adoptar todas las medidas necesarias a fin de evitar y controlar posibles impactos en las superficies operacionales en las que se desarrolla el fenómeno natural en la Región de Atacama.

Por Elke von Loebenstein·13 de octubre de 2025·2 min de lectura
Imagen: portal.sma.gob.cl
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ofició a los titulares de proyectos de energías renovables que se encuentran en la Región de Atacama para la adopción de todas las medidas preventivas necesarias, en el marco de la ocurrencia del fenómeno del desierto florido que se está desarrollando en el norte del país.

La determinación tiene como objetivo evitar y controlar posibles impactos en aquellas superficies operacionales bajo las que se desarrolla este fenómeno natural, catalogado como único a nivel mundial por el florecimiento de más de 200 especies de plantas anuales y geófitas, debido a la caída de lluvias en la región durante la época invernal.

Cabe indicar que, de acuerdo al sistema de RCA de la SMA, en el área donde ocurre el fenómeno se encuentran emplazados una serie de proyectos de energías renovables no convencionales, los cuales consideran dentro de sus obligaciones y/o exigencias medidas relacionadas con el desierto florido.

De esta forma, la Superintendencia recordó la obligatoriedad de utilizar estrictamente rutas evaluadas ambientalmente, evitando el tránsito por caminos alternativos; aumentar el resguardo y protección de las especies de fauna que aumentan su presencia en el área por la mayor disponibilidad de alimentos; la incrementación de medidas de protección asociadas a especies bajo categorías de protección, como la especie *latace serenense (*clasificada en peligro, según el DS N° 52/2014, del MMA); la ejecución en tiempo, modo y frecuencia los monitoreos ambientales asociados al desierto florido.

Además, se recordó a los titulares la obligación de informar incidentes o contingencias ambientales vinculadas con superficies donde se dé el fenómeno del desierto florido oportunamente, además de mantener actualizados los datos de titularidad y contacto en los sistemas de la SMA.

Es importante agregar que, en septiembre de 2016, la SMA estableció a los titulares de proyectos con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) los deberes de reportes de aviso, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA.

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