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Medio Ambiente

Daño en acuífero

Primer Tribunal Ambiental ordena cierre definitivo de la mina Alcaparrosa de Ojos del Salado y exige reparación integral por daño ambiental

El fallo determina que la operación minera generó alteraciones permanentes al acuífero del río Copiapó, por lo que se obliga al cierre permanente de la faena Alcaparrosa, al relleno del socavón, monitoreo ambiental, un plan de reparación y compensaciones, al acoger la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado contra la minera filial de Lundin Mining.

Por Elke von Loebenstein·15 de septiembre de 2025·1 min de lectura
Primer Tribunal Ambiental ordena cierre definitivo de la mina Alcaparrosa de Ojos del Salado y exige reparación integral por daño ambiental
Imagen referencial

En un fallo, el Primer Tribunal Ambiental acogió la demanda interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra la Compañía Contractual Minera Ojos del Salado (“MINOSAL”), declarando que su operación en la Mina Alcaparrosa provocó daños ambientales significativos y permanentes al acuífero del río Copiapó.

El tribunal comprobó que la actividad minera generó una conexión hidráulica no natural entre el acuífero y la mina, lo que causó vaciamiento de agua subterránea en volúmenes importantes, modificaciones en la morfología y dirección del flujo del agua, y cambios sustanciales en sus propiedades físico-químicas.

Como consecuencia, se ordenó el cierre definitivo y permanente de la faena minera Alcaparrosa. Además, MINOSAL deberá presentar un plan formal de cierre, un catálogo de medidas de reparación y compensación, que incluye relleno del socavón, diagnóstico técnico ambiental del acuífero en los sectores hidrogeológicos afectados, construcción de lagunas de infiltración, fortalecimiento de infraestructura sanitaria rural, monitoreo permanente y difusión de los resultados a la comunidad.

El fallo también destacó que estas alteraciones son “permanentes”, tanto en la estructura hidrogeológica como en las funciones ecosistémicas esenciales del acuífero, las cuales van más allá del área del socavón.

En su declaración, la empresa reconoció la existencia del socavón ocurrido en 2022, pero sostuvo que los efectos eran temporales y limitados, atribuyendo parte de los impactos al contexto de sequía y a una sobreexplotación histórica previo a su operación.

Para las comunidades locales, incluyendo autoridades como el alcalde de Tierra Amarilla Cristóbal Zúñiga, el fallo representa una victoria significativa. El edil afirmó que la sentencia “hace justicia” con la protección del agua, un recurso esencial para los vecinos, y señaló que la comunidad verá mejoras ambientales y seguridad hídrica con las medidas ordenadas. (Esto según reportes locales que recogieron declaraciones municipales en medios que informan sobre la sentencia.)

Vea sentenciay expediente D-22-2023

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