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Legislativo

Perfeccionamiento de Ley Lafkenche

Reforma a la Ley Lafkenche que fija límites y refuerza la convivencia en el borde costero queda listo para pronunciamiento de la Sala del Senado

Comisión de Intereses Marítimos despachó el proyecto que perfecciona la asignación de espacios costeros a pueblos originarios, incorporando criterios de proporcionalidad, plazos acotados, mayor transparencia y resguardos para actividades preexistentes como la pesca artesanal y la acuicultura.

Por Elke von Loebenstein·03 de febrero de 2026·4 min de lectura
Reforma a la Ley Lafkenche que fija límites y refuerza la convivencia en el borde costero queda listo para pronunciamiento de la Sala del Senado
Imagen referencial

La Sala del Senado deberá pronunciarse sobre el proyecto que introduce diversas modificaciones a la Ley N° 20.249, que crea el espacio costero de los pueblos originarios, conocida como Ley Lafkenche, luego de que la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura concluyera el análisis en particular y sancionara las enmiendas propuestas a la moción de los Senadores Alvaro Elizalde, Fidel Espinoza, Carlos Ignacio Kuschel, Gastón Saavedra y David Sandoval, proyecto de ley que se encuentra en su primer trámite constitucional.

La iniciativa tiene por objeto perfeccionar la implementación del espacio costero marino de los pueblos originarios, armonizando el uso consuetudinario del borde costero con las demás actividades que se desarrollan en él.

El proyecto fue respaldado en general por la Sala del Senado en agosto de 2025 y posteriormente analizado en detalle por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.

Durante su tramitación en particular, la Comisión debatió aspectos centrales del régimen de los espacios costeros marinos de pueblos originarios, entre ellos, los criterios para determinar la proporcionalidad de las superficies solicitadas, la necesidad de evitar superposiciones con concesiones marítimas vigentes o áreas de pesca artesanal, así como la incorporación de mecanismos destinados a mejorar la transparencia en la representación de las comunidades y en la gestión administrativa de los recursos marinos.

Los senadores destacaron que el proyecto introduce principios de buena fe, eficiencia y celeridad en los procedimientos administrativos, estableciendo criterios objetivos para definir la extensión de las áreas solicitadas y evitando la paralización indefinida de otras actividades en el borde costero.

Asimismo, se subrayó la importancia de fortalecer la convivencia entre los distintos actores que operan en el litoral, como los pescadores artesanales y la industria de la acuicultura, mediante la obligatoriedad de planes de administración que consideren la armonización de usos y la resolución anticipada de conflictos. En ese sentido, se reiteró que la asignación de estos espacios no debe impedir el desarrollo de otros usos permitidos ni afectar derechos adquiridos de terceros.

El texto despachado por la Comisión establece, en primer lugar, que la asignación de espacios costeros a pueblos originarios no podrá impedir otros usos legalmente autorizados al momento de su otorgamiento, y que los procedimientos deberán regirse por los principios de buena fe, eficiencia, eficacia y celeridad. Además, se excluyen expresamente, por derecho propio, las caletas y caladeros de pesca de cualquier destinación de este tipo.

En materia de proporcionalidad y admisibilidad, se faculta a la Subsecretaría respectiva para aplicar una metodología de cálculo que relacione la superficie solicitada con el uso consuetudinario real, considerando factores como el número de integrantes de la comunidad, la extensión e intensidad histórica del uso —basada en datos de desembarque— y criterios técnicos y científicos. Asimismo, se autoriza a rechazar aquellas solicitudes que excedan de manera manifiesta un límite razonable sin justificación suficiente.

El proyecto también regula el examen de admisibilidad, el que deberá realizarse en un plazo máximo de dos meses, verificando la inexistencia de superposiciones con concesiones de acuicultura, áreas de manejo, caletas de pescadores o áreas protegidas. Si la superposición es total, la solicitud será denegada; si es parcial, podrá proponerse una modificación del área solicitada.

Entre las innovaciones relevantes, se establece que el plan de administración deberá presentarse conjuntamente con la solicitud inicial y no con posterioridad, como ocurre en la normativa vigente. Dicho plan deberá incorporar obligatoriamente un capítulo de armonización de usos que considere actividades como la pesca artesanal, el turismo y la navegación. Además, se prohíbe de forma expresa la mercantilización del espacio, garantizando que el uso por terceros para recreación o pesca de subsistencia no pueda ser objeto de cobros.

La iniciativa regula también los plazos de suspensión y las limitaciones a las solicitudes, disponiendo que la suspensión de otros trámites mientras se evalúa un ECMPO no podrá exceder de dos años consecutivos o de un año y medio desde el ingreso de la solicitud. Asimismo, se establece que las comunidades o personas solo podrán participar en una solicitud a la vez y que, en caso de rechazo, no podrá presentarse una nueva solicitud sobre el mismo sector antes de un año.

Finalmente, el proyecto contempla instancias de participación de terceros no indígenas que puedan verse afectados, mediante procesos de consulta estructurada previos a la aprobación del plan de administración, y fija sanciones en caso de infracciones reiteradas, disponiendo que la vulneración de la prohibición de cobro o restricción económica a terceros podrá dar lugar a dejar sin efecto la declaración del espacio costero marino de pueblos originarios.

Vea Boletín N° 15.862-21 y siga su tramitación aquí.

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