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Legislativo

A funcionarios de plantas administrativas

Buscan delimitar el régimen de exclusiva confianza en Contraloría

La moción modifica la Ley N°10.336 para excluir del régimen de exclusiva confianza a funcionarios de las plantas administrativa, técnica, auxiliar y de mayordomía de la Contraloría, de modo que su permanencia y cesación se rijan por el Estatuto Administrativo y no por la remoción discrecional del Contralor General.

Por Elke von Loebenstein·07 de julio de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
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La moción presentada por los diputados Marcos Barraza y César Valenzuela, junto a las diputadas Ana María Gazmuri, Sofía González, y Andrea Parra, busca modificar la Ley N°10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, con el objeto de delimitar el alcance del régimen de exclusiva confianza actualmente aplicable a los funcionarios del organismo fiscalizador.

La iniciativa propone excluir expresamente de dicho régimen a quienes integran las plantas administrativas, técnicas, auxiliar y de mayordomía, disponiendo que su permanencia y cesación en el cargo se rijan por las normas generales del Estatuto Administrativo, contenidas en la Ley N°18.834, en todo aquello que resulte compatible con la legislación especial que regula la Contraloría.

La iniciativa pone de relieve la importancia de la Contraloría General de la República como uno de los órganos autónomos previstos en los artículos 98 y 99 de la Constitución Política, cuya función principal consiste en ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración, fiscalizar el uso de los recursos públicos y efectuar el trámite de toma de razón respecto de decretos y resoluciones afectos a dicha tramitación.

Los patrocinantes de la iniciativa legal explican que, producto de la regulación vigente contenida en la Ley N°10.336, el vínculo estatutario entre el Contralor General y la totalidad de los funcionarios ha sido entendido como uno fundado en la exclusiva confianza, circunstancia que permite su remoción discrecional sin necesidad de procedimiento disciplinario ni invocación de una causal objetiva de cesación.

Agregan que dicho diseño pudo responder históricamente a la necesidad de asegurar la cohesión institucional en los niveles superiores del órgano, pero estiman que su aplicación uniforme resulta difícil de justificar respecto de funcionarios que desempeñan labores administrativas, técnicas u operativas y que no intervienen en las decisiones estratégicas o jurídicas propias de la función de control.

La moción justifica la reforma en cuatro pilares: la exigencia de proporcionalidad en la remoción discrecional según la naturaleza del cargo; la debida protección de la carrera funcionaria regulada en el artículo 38 de la Constitución; la promoción de la imparcialidad mediante la estabilidad laboral del personal operativo que maneja información sensible; y el fin de la asimetría institucional respecto a otros órganos autónomos como el Banco Central, el Ministerio Público o el Servel, los cuales circunscriben la exclusiva confianza únicamente a sus altas directivas.

La iniciativa incorpora un inciso final al artículo 3° de la Ley N°10.336, estableciendo que los funcionarios pertenecientes a las plantas administrativa, técnica, auxiliar y de mayordomía quedan excluidos del régimen de exclusiva confianza, cualquiera sea su calidad jurídica. En consecuencia, la permanencia en el servicio y la cesación en el cargo de dichos funcionarios pasarán a regirse por las normas generales del Estatuto Administrativo, manteniéndose el régimen excepcional para los cargos que, por la naturaleza de sus funciones, requieren una relación directa de confianza con la autoridad institucional.

Vea texto moción Boletín N°18.383-06 y siga su tramitación aquí.

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