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Justicia Electoral

Candidatura presidencial de MEO.

La sola dictación de la sentencia absolutoria en favor de Marco Enríquez Ominami hace caer la hipótesis de suspensión del derecho a sufragio, resolvió el TRICEL.

La limitación al ejercicio del derecho a sufragio contenida en el artículo 16 Nº2 no es una consecuencia jurídica automática asociada al hecho de haberse dictado una acusación en contra del imputado y debe interpretarse de manera restringida.

Por Vicente Aylwin Fernández·15 de septiembre de 2021·1 min de lectura
La sola dictación de la sentencia absolutoria en favor de Marco Enríquez Ominami hace caer la hipótesis de suspensión del derecho a sufragio, resolvió el TRICEL.
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La limitación al ejercicio del derecho a sufragio contenida en el artículo 16 Nº2 no es una consecuencia jurídica automática asociada al hecho de haberse dictado una acusación en contra del imputado y debe interpretarse de manera restringida . . .

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