Judicial
Recurso de queja rechazado
Corte Suprema ratifica aumento de multa en caso de facturas falsas
Mantiene la condena por uso de facturas falsas que afectaron tanto el IVA como el Impuesto a la Renta. La multa se fija en el 100% del perjuicio fiscal, descartando la rebaja al 50% aplicada inicialmente. No encontró faltas o abusos graves en la actuación de la Corte de Apelaciones.

La Corte Suprema rechazó el recurso de queja interpuesto por el defensor penal privado en representación del imputado en contra de los integrantes de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, quienes revocaron parcialmente una sentencia del Juzgado de Garantía de Concepción para aumentar la multa impuesta en procedimiento abreviado por delitos vinculados al uso de facturas falsas conforme al artículo 97 N°4 del Código Tributario.
En el proceso abreviado se imputaron diversos hechos relacionados con el uso de facturas falsas que afectaron tanto el IVA como el Impuesto a la Renta.
El Ministerio Público solicitó la imposición de una pena única de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa del 100% del tributo defraudado —ascendente a $1.214.663.819— y la renuncia a las costas. El Servicio de Impuestos Internos (SII), como acusador particular, pidió penas diferenciadas para los incisos primero y segundo del artículo 97 N°4, con multas del 50% y 100% del perjuicio fiscal, respectivamente, modificando luego sus avalúos en audiencia: $350.542.888.- por el inciso primero y $513.577.763.- por el inciso segundo.
El Juzgado de Garantía estimó la existencia de un concurso aparente de leyes penales, condenando únicamente por la figura del inciso segundo relativa al aumento indebido del crédito fiscal IVA, y cuantificó el perjuicio en $749.562.069.-, aplicando una multa rebajada al 50% de dicha cifra con base en el artículo 70 del Código Penal. Sobre esa base impuso una pena única de tres años y un día de presidio, multa de $374.781.034.- y accesorias legales.
El SII apeló solicitando incluir también la infracción al inciso primero —impuesto a la renta— y aplicar multa del 100% del perjuicio fiscal. La defensa, por su parte, planteó la inadmisibilidad del recurso de apelación por supuesta falta de peticiones concretas, lo que la Corte de Apelaciones rechazó al estimar que el libelo del acusador particular contenía pretensiones claras: castigar ambas hipótesis penales y aplicar el 100% de multa. Esa decisión dio origen al recurso de queja.
En su resolución, la Corte Suprema concluyó que no existieron faltas o abusos graves. Explicó que la Corte de Apelaciones sí se pronunció sobre la inadmisibilidad solicitada, desestimándola fundadamente; que la cuantificación del perjuicio fiscal utilizada por los jueces recurridos provenía del fallo de primera instancia; que la multa del 100% se ajustaba al marco sancionatorio legal y a lo acordado para el procedimiento abreviado; y que la decisión de descartar la rebaja del artículo 70 del Código Penal estuvo debidamente motivada.
El máximo Tribunal enfatizó que el recurso de queja exige acreditar una falta o abuso de carácter grave, lo que no ocurre ante simples discrepancias jurídicas con decisiones jurisdiccionales fundadas. Así, desestimó íntegramente el recurso presentado, confirmando la resolución de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción.
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