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Judicial

Rechaza casación en el fondo

Corte Suprema acoge acción reivindicatoria y ordena restitución de terreno en disputa inmobiliaria

El tribunal ratificó que la ocupación de parte del inmueble carecía de título inscrito y que no procede prescripción contra dominio debidamente registrado

Por pasantes.diario.constitucional@gmail.com·23 de abril de 2026·2 min de lectura
Corte Suprema acoge acción reivindicatoria y ordena restitución de terreno en disputa inmobiliaria
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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada y demandante reconvencional en un juicio ordinario de acción reivindicatoria, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acogió la demanda principal y ordenó la restitución de una superficie de 32,90 metros cuadrados de un inmueble ubicado en Concón.

El fallo de primera instancia, ratificado en alzada, condenó a los demandados a restituir el terreno dentro de décimo día desde que la sentencia quede ejecutoriada, rechazando además la demanda reconvencional de prescripción adquisitiva y la excepción de prescripción opuesta en el proceso.

En su recurso, la parte demandada alegó infracción a diversas normas del Código Civil relativas a la posesión, tradición y prescripción adquisitiva, sosteniendo que cumplía con los requisitos de posesión regular y que había ocupado el terreno de forma continua y pacífica por el tiempo exigido por la ley, tanto para la prescripción ordinaria como extraordinaria.

Asimismo, cuestionó la aplicación de la teoría de la posesión inscrita, argumentando que la superficie en disputa ya formaba parte del inmueble adquirido por los demandados conforme a sus inscripciones registrales.

Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que las alegaciones del recurso se basaban en una versión distinta de los hechos a la establecida por los tribunales de instancia, los que, tras analizar la prueba pericial y documental, determinaron que existía una diferencia de superficie y que los demandados ocupaban parte del terreno de la actora.

El máximo tribunal recordó que la fijación de los hechos corresponde a los jueces del fondo y no puede ser revisada en sede de casación, salvo que se denuncie de forma adecuada la infracción de normas reguladoras de la prueba, lo que no ocurrió en este caso.

Asimismo, sostuvo que la sentencia recurrida aplicó correctamente la teoría de la posesión inscrita, destacando que la inscripción en el Registro de Propiedad constituye requisito, prueba y garantía de la posesión de bienes raíces, y que los demandados carecían de título que les permitiera detentar la posesión regular del terreno en disputa.

En cuanto a la prescripción adquisitiva, la Corte señaló que, tratándose de bienes inmuebles sujetos a régimen de propiedad inscrita, no procede alegarla contra un título inscrito sin contar con otro título de la misma naturaleza, conforme a lo dispuesto en el artículo 2505 del Código Civil.

De este modo, concluyó que los sentenciadores aplicaron correctamente la normativa vigente y que el recurso carecía de fundamento suficiente, por lo que resolvió rechazarlo, manteniendo la sentencia que ordena la restitución del terreno.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°15.941-2026, Corte de Valparaíso Civil-1508-2024y de primera instancia C-373-2022.

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