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Judicial

Reclamación rechazada

Corte confirma multa de 180 UTM a Instituto Profesional Los Leones por aumentar vacantes sin autorización

La Corte de Santiago confirmó la sanción impuesta por la Superintendencia de Educación Superior al Instituto Profesional Los Leones, al concluir que incrementó vacantes para el año académico 2021 sin contar con la autorización previa exigida por la ley. El tribunal descartó vulneraciones al debido proceso y estimó que la multa de 180 UTM fue aplicada conforme a la normativa vigente.

Por Francisca Atenas·20 de junio de 2026
ipleones.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Instituto Profesional Los Leones Ltda. en contra de una resolución de la Superintendencia de Educación Superior que confirmó una multa de 180 UTM aplicada por aumentar el número de vacantes en algunas carreras durante el año académico 2021 sin contar con la autorización previa de la Comisión Nacional de Acreditación, exigida por el artículo 20 de la Ley N°20.129.

La reclamante sostuvo que la sanción era ilegal, argumentando que al momento de los hechos no existía claridad suficiente sobre la forma de aplicar dicha norma ni sobre el procedimiento para solicitar autorización de aumento de vacantes, debido a que el sistema de aseguramiento de la calidad se encontraba en proceso de implementación tras las modificaciones introducidas por la Ley N°21.091. Asimismo, alegó infracción a los principios de legalidad, buena fe, confianza legítima y seguridad jurídica; cuestionó la motivación de la multa; denunció afectación de su derecho de defensa por falta de acceso oportuno a antecedentes del procedimiento; y sostuvo que la sanción era desproporcionada en comparación con otras decisiones de la autoridad. En subsidio, solicitó la rebaja de la multa.

La Superintendencia de Educación Superior pidió rechazar la reclamación, señalando que la obligación de obtener autorización previa para aumentar vacantes se encontraba vigente desde el 1 de enero de 2020 y que el Instituto Profesional Los Leones conocía dicha exigencia, como lo demostraban las diversas solicitudes y recursos administrativos que presentó ante la Comisión Nacional de Acreditación. Añadió que el procedimiento sancionatorio se ajustó a la ley, que la institución tuvo oportunidad de ejercer su defensa y que la multa fue determinada conforme a los criterios establecidos en la Ley N°21.091.

La Corte desestimó el reclamo y concluyó que no se configuraba ilegalidad en la actuación de la Superintendencia de Educación Superior.

En particular, sostuvo que la obligación de obtener autorización previa para aumentar vacantes se encontraba plenamente vigente cuando la institución materializó el incremento de cupos para el año académico 2021, por lo que no existió aplicación retroactiva de la ley. Asimismo, descartó que concurriera la eximente de buena fe invocada por la reclamante, al no acreditarse la existencia de una interpretación oficial de la Superintendencia que autorizara actuar de la forma cuestionada. En ese sentido, señaló que “la exigencia esencial provenía directamente de la ley”.

Asimismo, el tribunal indicó que no se vulneró el derecho de defensa de la institución, pues ésta conoció el cargo formulado, presentó descargos, acompañó antecedentes e interpuso los recursos administrativos correspondientes. Del mismo modo, estimó que la resolución sancionatoria se encontraba debidamente fundada y que la multa de 180 UTM fue fijada dentro de los márgenes legales, considerando la gravedad de la infracción, la concurrencia de una atenuante y la ausencia de agravantes. Agregó que la corrección efectuada por la autoridad al resolver la reposición no evidenciaba ilegalidad, sino que demostraba una revisión favorable del cálculo inicialmente cuestionado.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por el Instituto Profesional Los Leones Ltda., sin costas, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°790-2025 (Contencioso Administrativo).

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