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Judicial

Seguros automotrices

Corte confirma multa de 10.000 UF a corredora por no devolver primas de seguros a 21 mil clientes

La Corte de Santiago ratificó la sanción impuesta por la CMF a una corredora de seguros que, entre 2020 y 2024, incumplió su deber de asistencia al no devolver oportunamente más de UF 119.552 en primas no devengadas a clientes que prepagaron créditos automotrices.

Por Francisca Atenas·22 de mayo de 2026
noticias.autocosmos.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por una corredora de seguros en contra de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), confirmando la multa de 10.000 UF aplicada por infracciones graves y reiteradas relacionadas con la devolución de primas de seguros asociados a créditos automotrices.

El procedimiento sancionatorio se originó luego que la CMF detectara incumplimientos en la devolución de primas pagadas y no devengadas correspondientes a seguros terminados anticipadamente por prepago de créditos otorgados por una empresa del rubro financiero.

Según estableció la autoridad reguladora, entre febrero de 2020 y abril de 2024 la corredora incumplió su obligación de asistir a los asegurados durante toda la vigencia de los contratos, afectando a más de 21 mil clientes y más de 26 mil seguros. En particular, se reprochó la falta de devolución oportuna de primas por más de UF 119.552 y la realización de pagos sin reajustarlos conforme al valor vigente de la Unidad de Fomento.

Adicionalmente, la CMF sancionó a la empresa por no informar oportunamente la revocación del poder de un apoderado dentro del plazo legal.

La reclamante alegó que las devoluciones correspondían a la entidad financiera y no a la corredora, afirmando que su rol se limitaba a validar la vigencia de las pólizas y calcular los montos conforme a instrucciones de las aseguradoras. Asimismo, calificó la multa como desproporcionada y solicitó rebajarla o dejarla sin efecto.

Por su parte, la CMF sostuvo que el deber legal de asesoría y asistencia de los corredores de seguros se extiende durante toda la vigencia del contrato, incluyendo el correcto cálculo y devolución de primas cuando los seguros terminan anticipadamente.

Al resolver, la Corte de Santiago concluyó que la corredora fue sancionada por incumplir deberes propios de su actividad, especialmente la obligación legal de asistir a los asegurados durante toda la vigencia de los contratos.

El tribunal descartó ilegalidad en la actuación de la CMF y estimó que la multa se encontraba debidamente fundamentada y dentro del rango legal permitido, considerando la magnitud de las infracciones y el alto número de afectados.

Asimismo, rechazó la alegación de prescripción formulada por la reclamante, validando el criterio aplicado por la autoridad administrativa respecto de la suspensión del plazo legal.

En consecuencia, la Corte rechazó íntegramente el reclamo de ilegalidad y mantuvo la multa de 10.000 UF aplicada por la CMF.

Vea sentencia de la Corte de Santiago, Rol N°349-2025 (Contencioso Administrativo).

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