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Inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Requerimiento de inaplicabilidad

Se impugna norma que exige consignar el monto total adeudado para apelar en cobranzas previsionales

El requerimiento cuestiona el artículo 8 de la Ley N° 17.322, que condiciona la procedencia del recurso de apelación al pago previo de la suma ordenada por sentencia. El recurrente argumenta que esta exigencia constituye una restricción desproporcionada al derecho a recurrir, vulnerando la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Por Francisca Atenas·23 de octubre de 2025·2 min de lectura
chilevision.cl
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Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 8, inciso primero, de la Ley N°17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de Seguridad Social.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 8.- En el procedimiento a que se refiere esta ley, el recurso de apelación sólo procederá en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis, y de la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis. Si el apelante es el ejecutado o la institución de previsión o de seguridad social, deberá previamente consignar la suma total que dicha sentencia ordene pagar, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior”. (Art. 8, inciso 1°, Ley N° 17.322).

La gestión pendiente en que incide el requerimiento de inaplicabilidad es una causa de cobranza previsional, seguida ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Con fecha 26 de septiembre de 2025, el tribunal dictó sentencia definitiva acogiendo parcialmente las excepciones opuestas por la ejecutada y ordenando el pago de $6.034.366.- por concepto de cotizaciones previsionales adeudadas.

La ejecutada interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, el cual se encuentra pendiente de resolución. Previo a proveer el recurso, el tribunal ordenó certificar si se ha dado cumplimiento a la norma que exige consignar la suma total ordenada pagar para que proceda la apelación.

El requirente denuncia una vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la igualdad ante la ley, derivada de la aplicación del precepto impugnado.

En específico, sostiene que la exigencia de consignar previamente la suma total ordenada pagar ($73.754.784.- según la liquidación practicada) como requisito para que proceda la apelación, constituye una barrera de acceso a la justicia desproporcionada e injustificada, que en la práctica impide ejercer el derecho al recurso.

A su juicio, esta situación vulnera las garantías constitucionales al imponer una carga económica excesiva que restringe irrazonablemente el derecho a la revisión de las decisiones judiciales por un tribunal superior, afectando la equidad del procedimiento.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional deberá resolver si admite a trámite el requerimiento y confiere traslado a las partes de la gestión pendiente para que se pronuncien sobre su admisibilidad. En caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

Vea requerimiento y expediente Rol N° 17030-25-INA.

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