Entrevistas
Debate sobre seguridad escolar y los derechos de los estudiantes
Paloma del Villar Tagle: «Los detectores de metales pueden generar estigmatización, ansiedad y desconfianza en la comunidad educativa”
La directora del Observatorio Niñez de Fundación Colunga profundiza sobre la instalación de pórticos detectores de metales en colegios, señalando sus impactos sobre la privacidad y la inclusión de estudiantes, y la relevancia de contar con la participación de la comunidad educativa en medidas de seguridad.

PorBelén Vegas Carrillo, Universidad de la Frontera
En mayo pasado la Superintendencia de Educación cursó una multa de 56 UTM a la Municipalidad de Temuco por instalar un pórtico detector de metales en el ingreso del Instituto Superior de Comercio Tiburcio Saavedra Alarcón (INSUCO). El alcalde de Temuco, Roberto Neira, ha defendido la medida, señalando que la decisión de la Superintendencia de Educación carece de sustento. Además, aseguró que no se retirará el pórtico y que presentaron un recurso de reclamación administrativa en contra de la resolución de la Superintendencia.
Paralelamente, el Gobierno introdujo una indicación al proyecto de ley de Convivencia Escolar el pasado 01 de julio, que regularía la implementación de este tipo de dispositivos. La indicación N°62 señala que: *“Los sostenedores de establecimientos educacionales podrán implementar recursos tecnológicos destinados a identificar o detectar armas, artefactos incendiarios u otros elementos similares que pongan en riesgo la vida o la integridad física de las y los miembros de la comunidad educativa (…)”.*Más adelante, establece que “Esta medida solo procederá cuando existan antecedentes fundados que justifiquen su utilización como una medida proporcional, necesaria e idónea para prevenir la comisión de delitos en el establecimiento”.
Sin duda, resulta difícil entender cómo se condice esta indicación con el criterio de la Superintendencia de Educación, que ha sido enfática en la ilegalidad de los pórticos detectores de metales en los colegios. La situación en el Instituto Tiburcio Saavedra Alarcón y esta nueva indicación dan cuenta de un escenario incierto que adquiere mayor complejidad frente a los distintos casos de violencia escolar ocurridos en los últimos meses.
En esta entrevista, conversamos con Paloma del Villar Tagle, directora del Observatorio Niñez de Fundación Colunga, y Alfonsina Flor Silva, investigadora del mismo Observatorio, para analizar la efectividad de estas medidas en los establecimientos educativos y sus impactos en los derechos y el bienestar de los estudiantes.
1. ¿Cree que la instalación de pórticos detectores de metales en los establecimientos educativos es compatible con la protección de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes?
En términos generales, sólo podrían serlo bajo supuestos muy estrictos, de lo contrario, tienden a tensionar derechos básicos de niñas y niños, como la privacidad y el acceso a la educación. Incluso, aceptar este tipo de medidas va en contra de la normativa chilena y de los tratados internacionales ratificados por el país. Bajo la concepción del interés superior del niño, el Estado debe considerar el bienestar y pleno ejercicio de sus derechos al momento de tomar decisiones.
La implementación de los detectores de metales, tal como ya han señalado la Superintendencia de Educación y la Defensoría de la Niñez, afecta derechos fundamentales de niñas y niños, como el derecho a la privacidad y a la no discriminación. Principalmente porque en el ejercicio de buscar objetos ocultos, constituyen una intromisión directa en la esfera personal y corporal de niñas y niños, inspeccionando su cuerpo y vulnerando su intimidad.
Adicionalmente, con este tipo de medidas, a priori estamos considerando que la totalidad de los estudiantes de un determinado establecimiento educacional son sospechosos de algún tipo de delito, lo que podría condicionar el acceso a la educación de los estudiantes, generando exclusión y discriminación.
2. ¿Existe evidencia para afirmar que el uso de pórticos detectores de metales contribuye a la disminución de casos de violencia escolar?
En su reporte N°2, la Superintendencia de Educación concluyó – a partir de un análisis de evidencia internacional – que no existe evidencia empírica suficiente que respalde la efectividad de este tipo de medidas para reducir la violencia escolar
En Estados Unidos, estudios criminológicos hallaron que un aumento de dispositivos de seguridad en escuelas no necesariamente mejora la seguridad real (no reduce tasas de victimización) y, paradójicamente, suele disminuir la percepción de seguridad tanto en alumnos como en apoderados.
3. ¿Qué importancia tiene la opinión de la comunidad educativa en la adopción de estas medidas? ¿Aumenta su legitimidad si cuentan con su aprobación explícita?
En aquellas decisiones tan relevantes, es clave involucrar a la comunidad, no solo es un imperativo de derechos (por el principio de participación efectiva consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño), sino que además aumenta la legitimidad y aceptación de cualquier decisión que se tome.
Para esto, las comunidades deben contar con la información necesaria que les permita tomar una decisión fundamentada y de manera democrática, ya que sin el involucramiento y consenso estas medidas pueden verse como imposiciones autoritarias que generan rechazo, miedo o estigmatización.
Es importante señalar que la participación de la comunidad no significa que cualquier medida aprobada por mayoría sea automáticamente correcta desde el punto de vista de derechos. Y aquí la información – o alternativas – con que cuentan los equipos directivos y sostenedores es fundamental.
4. ¿Existen alternativas más eficaces y menos invasivas que puedan garantizar la seguridad en los establecimientos educativos?
Creemos que es importante avanzar en políticas de prevención, entendiendo que este tipo de fenómenos son multifactoriales y muchas veces responden a un entorno de violencia en el cual están inmersos niñas y niños. Los detectores de metal abordan el problema desde la superficie (impiden el ingreso de un arma puntual), pero no resuelven las causas que llevan a un estudiante a portar un arma o agredir a otro.
Existen alternativas de prevención de la violencia escolar más integrales y menos intrusivas que los detectores de metales, tales como iniciativas que fomentan la convivencia positiva, que entreguen apoyo socioemocional, el fortalecimiento de los equipos de convivencia escolar. Incluso podrían considerarse controles aleatorios puntuales (por ejemplo, chequeos selectivos en casos fundados de sospecha) antes que un escaneo masivo diario, reduciendo la invasividad. Estas medidas requieren paciencia y compromiso de las comunidades educativas, porque sus efectos se verán en el largo plazo, ya que apuntan a causas de fondo, no sólo a los síntomas. Lo más importante es que las escuelas no pueden hacerse cargo solas, se necesita de un trabajo intersectorial, de la intervención con programas preventivos desde el Estado – como Lazos – con foco en la recuperación de espacios públicos, y del acompañamiento de las policías enfrentando la violencia en los entornos inmediatos de las escuelas.
La medida podría ser viable si se demuestra y justifica como algo absolutamente necesario y se implementa acompañada de otras acciones integrales. De lo contrario, corre el riesgo de ser una respuesta simbólica pero poco efectiva para enfrentar un fenómeno de gran complejidad.
5. Se ha señalado que la instalación de pórticos transgrede el ambiente de confianza en la comunidad educativa y aumenta la percepción de inseguridad, ¿cómo interpreta esta crítica?
Hay un tema relevante que tiene que ver con la estigmatización que este tipo de iniciativas puede generar sobre los miembros de las comunidades educativas. Si bien para muchos padres podría entregar mayor seguridad sobre el lugar dónde se encuentran sus hijos, para otros esto puede ser realmente una forma despectiva de clasificarlos, identificándolos como parte de un lugar peligroso, en el cual se cometen delitos, generando rechazo a ser parte de esta comunidad educativa por miedo a ser estigmatizado.
Además, se instala una percepción de desconfianza permanente en el otro (estudiante o apoderado) porque puede ser quien comete delitos o el causante de que un establecimiento tome este tipo de medidas. Podría sentirse un ambiente más hostil, socavando el clima escolar positivo.
6. Se ha señalado que estos dispositivos vulneran el derecho a la privacidad de los estudiantes. En este contexto, ¿cómo se diferencian los pórticos detectores de metales de las cámaras de seguridad?
Ambos dispositivos no son del todo comparables, ya que la relación o el nivel de intromisión que tienen con los estudiantes es distinto. La principal diferencia recae en que los detectores de metales no observan, sino que inspeccionan, y aquí es donde afectan los derechos de niñas y niños.
Los detectores de metales al implicar un control físico pueden generar estigmatización, ansiedad y desconfianza en la comunidad educativa, ya que interactúan directamente con el cuerpo y objetos personales del estudiante. Mientras que las cámaras, bien gestionadas, pueden funcionar como instrumento de prevención pasiva, bajo el principio de seguridad y resguardo de bienes y personas.
Además, en Chile, las cámaras están reguladas por normas de regulación a la privacidad – si se usan bajo determinadas condiciones – pero los pórticos carecen de habilitación legal expresa, e incluso como hemos visto han sido declarados ilegales por la Superintendencia de Educación.
7. Finalmente, considerando la indicación ingresada al proyecto de Convivencia Escolar, ¿qué riesgos ve en su aplicación práctica y qué debiera tenerse en cuenta para evitar vulneraciones de derechos?
Dentro del proyecto se señala que el uso de estos detectores debe estar sujeto a protocolos internos de los establecimientos educativos, con apego al derecho a la honra y vida privada, y sólo cuando existan antecedentes fundados que la justifiquen como medida proporcional, necesaria e idónea para prevenir la comisión de delitos. La pregunta realmente es ¿qué implica esto? ¿cuáles son los límites? ¿quién fija qué es un antecedente realmente fundado? Sería esencial que los detectores no se usen indiscriminadamente en cualquier establecimiento educativo, sino en aquellas con antecedentes graves.
Por una parte, cabe cuestionarse lo siguiente ¿Están los establecimientos educativos preparados para adaptar sus protocolos de convivencia o generar nuevos protocolos que incorporan estos elementos? Seguimos entregando más funciones y responsabilidades a los establecimientos educativos sobre un fenómeno multifactorial que no se resuelve sólo dentro de sus espacios, sino que requiere de lógicas intersectoriales y articuladas. La sobrecarga – especialmente burocrática – que enfrentan actualmente las escuelas en Chile lleva a que el foco permanentemente se desvíe de su trabajo central, que es entregar educación de calidad a niñas y niños.
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