Cartas al Director
Los receptores y el costo del acceso a la justicia
Una mirada irónica —pero profundamente crítica— sobre el funcionamiento del sistema de notificaciones judiciales, que expone prácticas abusivas, cobros discrecionales y un problema estructural que afecta directamente el acceso a la justicia y la fe pública.

A veces recurrir a la ironía para tratar un asunto difícil y políticamente incorrecto puede ser una buena manera de retratar un problema grave, muy grave. Intentémoslo.
Entre los muchos seres que habitan los dominios terrenales, hay unos a los que la ley de los hombres denominó “receptores judiciales”. Estos fueron bendecidos con dones superiores, incluso con la bilocación que, según la tradición, posee la Santísima Virgen y que por gracia alcanzó el Padre Pío: crea usted -como acto de fe- que pueden estar en más de dos lugares a la vez practicando simultáneamente su noble oficio de auxiliares de la administración de justicia al servicio de las notificaciones de los tribunales.
Por supuesto, tanta bondad y sacrificio no es gratuita. Porque con dinero todo se puede, todo es más sencillo, todo se agiliza. Esta es una respuesta real de un receptor de la plaza de Santiago ante una consulta sobre sus honorarios:
“Si usted quiere notificar esta semana le cobro cien mil pesos; si no, ya tendría que ser en enero y ahí le sale setenta mil pesos. Pero, a ver… disculpe, son tres demandados en el mismo domicilio, entonces, son trescientos mil o doscientos diez mil; se lo puedo dejar en doscientos mil, pero tiene que transferir a más tardar a la tarde. Como usted quiera, me avisa, quedo atento”.
Ya decía don Quijote: “Un asno cargado de oro sube ligero la montaña”. Porque, además de dones divinos estos seres tienen la posibilidad de disponer a su antojo del tiempo y de la garantía constitucional de acceso a la justicia. Están por sobre la ley: tienen la facultad de no respetar las normas que establecen sus aranceles, entonces, cobran un sobreprecio, que por cierto constituye un delito de exenciones ilegales que nadie persigue porque para este tema la ilicitud no existe.
Todo se justifica con un pobre argumento: son pocos, están colapsados, pero son indispensables para el funcionamiento del sistema de justicia. El argumento es insostenible. Si un receptor aparece notificando a la vez en dos lugares separados por kilómetros, es evidente que las notificaciones son nulas. Dar fe de un hecho falso constituye delito. Sin embargo, poco importa qué delito es o por qué no se investiga.
La administración de justicia no puede descansar en prácticas que abren espacio a abusos, comprometen la fe pública y encarecen el acceso a los tribunales. Subsanar este problema es una necesidad democrática que está pendiente y resulta urgente para garantizar el acceso a la justicia.
Nicolás Oxman
Profesor de Derecho Penal
Universidad Andrés Bello
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