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Asuntos de Interés Público

Prueba insuficiente.

CS de Colombia determinó que tener una relación sentimental no se considera como una unión marital de hecho, en caso en el que hombre solicitó dicho reconocimiento con su compañero fallecido.

El máximo Tribunal colombiano adujo que los noviazgos no pueden ser considerados como uniones maritales de hecho, ni otorgar derechos como heredar los bienes de la pareja, pues se necesita demostrar ante los jueces detalles como la participación en eventos sociales, el acompañamiento de la pareja en momentos difíciles o la intención de formar una familia.

Por Carlos Uauy·09 de enero de 2021·1 min de lectura
Corte Suprema de Colombia condena a 15 años de prisión a Gobernador de Tolima por cohecho.
Imagen referencial

El máximo Tribunal colombiano adujo que los noviazgos no pueden ser considerados como uniones maritales de hecho, ni otorgar derechos como heredar los bienes de la pareja, pues se necesita demostrar ante los jueces detalles como la participación en eventos sociales, el acompañamiento de la pareja en momentos difíciles o la intención de formar una familia . . .

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