Asuntos de Interés Público
Procedimiento ejecutivo laboral.
Corte de Chillán acogió recurso de hecho y declaró admisible recurso de apelación deducido por la ejecutada Central de Restaurantes Aramark Ltda.
En razón del principio de especialidad prevaleció el artículo 473 del Código del Trabajo.

En razón del principio de especialidad prevaleció el artículo 473 del Código del Trabajo . . .
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