Asuntos de Interés Público
Probidad e independencia judicial
“Corrupción en el Poder Judicial: medidas para prevenirla”, es el título de una publicación de Libertad y Desarrollo
Caso Audios reabre debate sobre vulnerabilidad del Poder Judicial y expertos proponen reformas anticorrupción. Ya se encuentran en curso respuestas institucionales relevantes, como la dictación del nuevo Código de Ética Judicial y la tramitación de la reforma constitucional al gobierno judicial actualmente en discusión en el Senado. Junto a ello, se proponen medidas adicionales orientadas a fortalecer de manera más específica la prevención del soborno judicial y a cerrar los espacios estructurales que hoy favorecen la influencia indebida.

El denominado caso Audios y su derivación más reciente, conocida como la “muñeca bielorrusa”, han vuelto a situar al Poder Judicial en el centro del debate público, al combinar gestiones informales, eventuales pagos irregulares y decisiones jurisdiccionales en causas de alto impacto económico, en las cuales aparecen vinculados abogados, intermediarios y una ministra de la Corte Suprema.
Si bien cualquier responsabilidad solo podrá establecerse en el marco de la investigación penal en curso —con respeto al debido proceso—, esta nueva arista supone un salto cualitativo respecto de lo revelado inicialmente, pues introduce la sospecha de que, de confirmarse los hechos, se habría comprometido directamente la imparcialidad del juez en el ejercicio de su función jurisdiccional, alterando decisiones a cambio de beneficios económicos.
El diagnóstico alerta que el Poder Judicial, llamado a actuar como contrapeso frente al poder político y como barrera contra la corrupción, se convierte en facilitador de ella cuando enfrenta episodios de este tipo, produciendo un daño institucional más grave.
La sola percepción de corrupción genera una crisis de legitimidad que erosiona las bases del Estado de Derecho, especialmente en un contexto donde el crimen organizado comienza a tener presencia creciente en el país.
El análisis distingue entre pequeña corrupción, asociada a prácticas cotidianas de baja cuantía, y gran corrupción, que involucra a altas autoridades a través de esquemas complejos de beneficio económico o político. Si bien ambas afectan la confianza pública, es la gran corrupción la que tiene mayor potencial para dañar la legitimidad del Poder Judicial.
En este contexto, y aunque existen respuestas institucionales en curso —como el nuevo Código de Ética Judicial y el proyecto de reforma constitucional al gobierno judicial que se discute en el Senado—, se advierte la necesidad de avanzar en medidas adicionales para reforzar la probidad y blindar la independencia judicial.
En materia normativa, el documento recuerda que el marco vigente se estructura en torno al Código Orgánico de Tribunales, el Código Penal y los tratados internacionales ratificados por Chile en materia de corrupción. Destaca que el artículo 324 del Código Orgánico de Tribunales establece responsabilidad penal específica de los jueces frente a delitos como cohecho o prevaricación; que el Código Penal tipifica el soborno y sanciona tanto al funcionario que recibe beneficios indebidos como al particular que los ofrece; que las convenciones internacionales imponen a Chile obligaciones para prevenir y sancionar estos delitos; y que existe un régimen disciplinario interno autónomo que permite sancionar faltas a la probidad con independencia de un proceso penal.
Pese a este marco, las revelaciones del caso Audios muestran falencias que requieren mejoras estructurales. Entre las medidas anticorrupción propuestas se incluyen cinco líneas de acción.
La primera es la dictación del nuevo Código de Ética Judicial, que fija principios, deberes y obligaciones concretas para prevenir influencias indebidas, tales como repeler presiones, transparentar relaciones relevantes, evitar reuniones privadas con abogados y no recibir obsequios o beneficios que comprometan la imparcialidad.
La segunda medida apunta a avanzar en la reforma constitucional que rediseña el gobierno judicial, separando funciones administrativas, disciplinarias y de nombramientos de las facultades jurisdiccionales de la Corte Suprema. Según el análisis, esto reduciría la concentración de poder, profesionalizaría la gestión, debilitaría redes de dependencia internas y establecería procedimientos más reglados, con trazabilidad y criterios objetivos que disminuyan los espacios informales donde suelen operarse influencias indebidas.
La tercera medida propone fortalecer el régimen disciplinario, actualmente regulado de manera insuficiente en el Código Orgánico de Tribunales y en el Auto Acordado 108-2020 de la Corte Suprema. Se advierte que el sistema mantiene un diseño inquisitivo, con superiores jerárquicos que concentran la investigación y la sanción, lo que compromete la imparcialidad y debilita el control interno. Casos como el proceso disciplinario contra el juez Ulloa evidencian la necesidad de elevar esta regulación a rango legal y evaluar la creación de tribunales disciplinarios más imparciales.
La cuarta medida apunta a reducir la carga de trabajo de la Corte Suprema, cuyos ingresos anuales pasaron de 14.585 causas en 2018 a 28.633 en 2023. Solo la Tercera Sala dictó más de 13 mil sentencias en 2023, lo que equivale a menos de seis minutos por caso. Esta sobrecarga afecta la calidad de las decisiones, incrementa la variabilidad jurisprudencial y dificulta la detección de prácticas irregulares. También genera condiciones operativas que pueden facilitar alteraciones administrativas como las detectadas en la causa Belaz Movitec con Codelco. El análisis subraya que la carga excesiva no genera corrupción, pero sí reduce significativamente los mecanismos de prevención y control.
Finalmente, la quinta medida propone utilizar la norma ISO 37001 como estándar técnico para fortalecer la prevención del soborno judicial, identificando responsabilidades claras, gestionando riesgos específicos y estableciendo mecanismos de denuncia protegida. Entre sus exigencias destacan la designación de un responsable antisoborno, la elaboración de mapas de riesgo y la creación de canales efectivos de denuncia con protección al denunciante.
El informe concluye que el caso Audios expone una vulnerabilidad estructural frente a riesgos de soborno y captura indebida, evidenciando los límites de un modelo que descansa excesivamente en controles formales. Por ello, la respuesta debe ser institucional, sostenida y orientada a cerrar espacios de riesgo mediante reglas precisas, órganos especializados y mecanismos verificables de prevención, con el objetivo de resguardar la legitimidad del Poder Judicial.
Vea publicación “Corrupción en el Poder Judicial: medidas para prevenirla” de Libertad y Desarrollo.
Temas
Te puede interesar

Asuntos de Interés Público
Candidatos(as) a la Secretaría General de Naciones Unidas: resultados del primer sondeo informal, por Nicolas Boeglin

Asuntos de Interés Público
Lecciones jurídicas del caso de connotación sexual en oficina del MOP Biobío, por Daniela Oliva Torrejón

Asuntos de Interés Público
Invariabilidad tributaria, constitución y democracia, es el título de una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo que concluye que la invariabilidad tributaria no limitaría al legislador

Asuntos de Interés Público
Perú 2026: La convivencia democrática en el parlamento, por Rafael Rodríguez
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.