Asuntos de Interés Público
Corte de Punta Arenas confirmó la sentencia.
Beneficiaria de subsidio que le fue otorgado para adquirir una vivienda debe ser restituido al SERVIU por haber arrendado el inmueble.
La demandada no cumplió con su obligación de habitar el inmueble durante el plazo de 5 años luego de su adquisición, arrendándola a terceros e infringiendo así lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Supremo Nº49 del año 2011. La magistratura condenó a la beneficiaria a pagar al SERVIU las 725 UF otorgadas mediante el subsidio para la vivienda

La demandada no cumplió con su obligación de habitar el inmueble durante el plazo de 5 años luego de su adquisición, arrendándola a terceros e infringiendo así lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Supremo Nº49 del año 2011. La magistratura condenó a la beneficiaria a pagar al SERVIU las 725 UF otorgadas mediante el subsidio para la vivienda . . .
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