9°C · Nublado·Santiago·Domingo, 02 de agosto de 2026

Amparo Constitucional

Recurso de amparo rechazado

Corte Suprema confirma orden de detención contra imputada por estafa que no asistió a formalización en Talca

Máximo tribunal respaldó que el certificado médico presentado no justificaba la inasistencia y validó que la medida fue dictada conforme a las facultades legales del Juzgado de Garantía, tras reiteradas audiencias frustradas y dificultades para lograr la comparecencia de la acusada.

Por Francisca Barrios Benavente·01 de marzo de 2026·2 min de lectura
Imagen:definicionmx
Imagen referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó un recurso de amparo contra del Juzgado de Garantía de la capital de la región del Maule por haber ordenado la detención en contra de una imputada por el delito de estafa tras no comparecer a la audiencia de formalización.

El recurrente alegó que la resolución impugnada es ilegal y arbitraria, toda vez que dicha incomparecencia había sido oportunamente justificada mediante certificado médico emitido el 25 de enero de 2026, en el cual se consignaba que la imputada presentaba un cuadro depresivo mixto con ideaciones suicidas y crisis de pánico, con indicación de tratamiento y reposo domiciliario por treinta días, de modo que existía un impedimento grave y actual de salud mental que hacía improcedente tener por injustificada su ausencia.

Aduce que, pese a ello, el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y del querellante, decretando la orden por “comparecencia demorada o dificultada”, sin analizar la suficiencia o idoneidad del antecedente médico acompañado, lo que importaría que la medida cautelar excepcional de detención no fue adoptada en los casos y formas determinados por la ley, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33, 122 y siguientes del Código Procesal Penal, y vulnerando las garantías consagradas en el artículo 19 N°7 de la Constitución, así como el artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de estimar transgredidos los artículos 19 N°3 y 7 letra b) y 76 de la Carta Fundamental.

Para rechazar el recurso de amparo la Corte de Talca tuvo presente que la orden de detención impugnada fue dictada por el Juez de Garantía en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 127 del Código Procesal Penal, en la que la formalización de la investigación requería la comparecencia personal de la imputada como presupuesto de validez, verificándose además un historial procesal caracterizado por tres audiencias de formalización frustradas desde el año 2023 debido a su inasistencia y múltiples intentos de notificación en diversos domicilios sin lograr su comparecencia efectiva, incluso con antecedentes que indicaban que residiría en otra ciudad.

Consideró también que el certificado médico presentado por la defensa el día de la audiencia fue estimado insuficiente para justificar la inasistencia, pues, tratándose de un reposo por treinta días, lo procedente habría sido la emisión de una licencia médica, sin que el documento acompañado acreditara de manera expresa la imposibilidad de concurrir al tribunal, de modo que la decisión de decretar la detención no obedeció únicamente a una incomparecencia puntual, sino a la necesidad de asegurar la presencia de la imputada frente a una dificultad prolongada para ser habida y notificada.

En consecuencia, concluyó que no se configuraba un acto ilegal ni arbitrario que constituyera privación, perturbación o amenaza a la libertad personal, por cuanto la medida fue adoptada por autoridad competente, con fundamento suficiente en los antecedentes del proceso y dentro del marco legal vigente.

En contra de dicha sentencia, la defensa apeló. Sin embargo, la Corte Suprema conociendo del arbitrio en alzada, confirmó íntegramente el fallo recurrido.

Vea sentencias de Corte Suprema Rol N°6076-2026 y Corte de Talca Rol N°85-2026.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.