Amparo Constitucional
Amparo constitucional rechazado
Corte de Talca rechaza amparo contra nueva formalización en caso de accidente vial
No hubo ilegalidad ni arbitrariedad al formalizar por el delito de huir del lugar del accidente. La formalización es una facultad privativa del Ministerio Público. La investigación aún estaba vigente al momento de la nueva formalización. La defensa no utilizó los mecanismos legales disponibles para cerrar la investigación. No hubo vulneración al derecho a defensa ni a la libertad personal del imputado.

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Linares por haber autorizado una nueva formalización en contra de un imputado.
El recurrente alegó que la nueva formalización por el delito —huir del lugar del accidente sin prestar ayuda ni dar cuenta a la autoridad— encubría una reformalización al agregarse un nuevo delito a una causa ya formalizada en el año 2023 por conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones y daños, por lo que la resolución impugnada deviene en ilegal y es arbitraria, ya que además no se fijó un nuevo plazo de investigación, pese a que el original se encontraba vencido, de modo que se infringió el artículo 229 bis del Código Procesal Penal, afectando el derecho a defensa y el debido proceso del amparado al impedirle presentar diligencias respecto del nuevo delito, lo que también pondría en riesgo la libertad personal, al enfrentarse ahora a una posible pena más gravosa.
El tribunal informó que la defensa no formuló alegaciones previas y que la formalización es una facultad privativa del Ministerio Público, estando la investigación aún vigente por no haberse decretado su cierre ni solicitado el apercibimiento correspondiente conforme al artículo 247 del Código Procesal Penal, lo que impide estimar afectado el derecho a defensa o la libertad personal del imputado.
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