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Derecho a un juicio justo
Justicia europea condena a Serbia por violar derechos de detenido durante manifestación en plena pandemia del Covid-19
Se condenó al Estado por desestimar de forma arbitraria las pruebas presentadas por un hombre durante un proceso por desórdenes en la pandemia. La sentencia establece parámetros clave sobre el derecho a la defensa y la obligación de los magistrados de fundamentar el rechazo de testigos y grabaciones de seguridad.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) determinó que Serbia vulneró el derecho a un juicio justo de un ciudadano que fue condenado en 2020 tras participar en protestas contra las restricciones sanitarias por la pandemia del COVID-19. El fallo estableció la violación al derecho a obtener la comparecencia y el examen de testigos en el proceso penal del caso.
Los hechos ocurrieron en julio de 2020, en un contexto de manifestaciones marcadas por el toque de queda y la prohibición de reuniones públicas. El afectado fue detenido y condenado al día siguiente por supuestos insultos a la policía a una pena de 60 días de prisión, la cual cumplió en parte de forma efectiva y el resto mediante el pago de una multa. Mientras la versión policial indicaba que el hombre profirió ofensas en la vía pública y luego intentó huir, el detenido negó los cargos afirmando que los agentes lo redujeron en el suelo debido a que portaba una máscara utilizada en movimientos de protesta.
El TEDH expuso que la condena se basó de manera casi exclusiva en el relato del policía que realizó el arresto, imposibilitando que la defensa cuestionara con eficacia la acusación. Durante el proceso judicial y las posteriores apelaciones en su país, el hombre solicitó reiteradamente la revisión de grabaciones de cámaras de seguridad públicas y la declaración de un testigo presencial que se encontraba en el lugar. Estas peticiones fueron sistemáticamente rechazadas por los tribunales serbios.
De acuerdo con la sentencia, las pruebas solicitadas por el denunciante no eran irrazonables ni infundadas, ya que permitían esclarecer aspectos clave como la distancia física entre el acusado y los funcionarios al momento del altercado. El dictamen concluyó que la justicia local omitió realizar una evaluación sustancial de las pruebas propuestas y basó sus resoluciones en suposiciones, afectando la equidad general del procedimiento. Como consecuencia, se ordenó al Estado de Serbia el pago de una indemnización por concepto de daño no pecuniario al afectado.
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