11°C · Nublado·Santiago·Martes, 04 de agosto de 2026

Actualidad Internacional

Debido proceso

Justicia colombiana ampara derechos de entidad de fútbol profesional en litigio administrativo

Determinó que la omisión de respuesta ante una solicitud de prueba pericial constituye una vulneración a las garantías fundamentales. El fallo establece que las autoridades deben pronunciarse de manera expresa sobre las evidencias pedidas por las partes antes de finalizar las etapas procesales correspondientes para asegurar el derecho a ser oído y a controvertir cargos.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·08 de mayo de 2026·2 min de lectura
derechos de entidad de fútbol profesional en litigio
Imagen referencial

La Corte Constitucional de Colombia se pronunció respecto a una acción de tutela presentada por la División Mayor de Fútbol Colombiano (Dimayor) contra la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio. La controversia surgió a raíz de un procedimiento administrativo iniciado para investigar presuntas infracciones al régimen de libre competencia en el mercado de futbolistas profesionales, relacionadas con posibles acuerdos entre directivos de diversos clubes.

Durante el desarrollo de la investigación, la Dimayor solicitó formalmente la realización de un dictamen pericial. Ante este requerimiento, la autoridad administrativa encargada del caso indicó que emitiría una resolución sobre dicha solicitud en un momento posterior. Sin embargo, el organismo procedió a declarar el cierre del periodo probatorio sin haber resuelto la admisibilidad o el rechazo de la prueba técnica solicitada por la organización deportiva.

La parte accionante argumentó que este proceder vulneró su derecho fundamental al debido proceso, debido a que el silencio de la administración le impidió controvertir los elementos de prueba que dieron origen a la investigación en su contra. En su análisis del caso, el tribunal constitucional recordó que el respeto a las garantías procesales en el ámbito administrativo obliga a las autoridades a emitir decisiones motivadas y expresas sobre las pruebas que los interesados aportan o solicitan.

El tribunal hizo hincapié en que el derecho a ser escuchado antes de que se adopte una decisión administrativa definitiva incluye la facultad de presentar alegaciones y de que estas sean valoradas oportunamente. En el caso específico de la Dimayor, la Corte constató que la autoridad alteró el desarrollo regular del trámite al no pronunciarse sobre el dictamen pericial propuesto, lo que derivó en una desprotección para la entidad investigada.

Como consecuencia de este análisis jurídico, la Corte decidió dejar sin efecto la resolución administrativa que había decretado el cierre del periodo de pruebas. En la misma sentencia, se le ordenó a la Delegatura para la Protección de la Competencia que proceda a resolver de fondo la solicitud probatoria de la Dimayor, asegurando así que el proceso sancionatorio cumpla con los estándares constitucionales mínimos de defensa.

Vea sentencia Corte Constitucional de Colombia T-070-26.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.