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Litigio en curso
Juezas de la Corte Penal Internacional demandan a Trump por sanciones dictadas en su contra
Demandaron ante un tribunal de EE.UU. para impugnar el decreto presidencial que congeló sus activos y bloqueó sus cuentas tras las investigaciones por crímenes de guerra en Afganistán y Palestina. El litigio abre un debate sobre los límites del poder ejecutivo estadounidense y la autonomía de los tribunales internacionales.

Tres juezas de la Corte Penal Internacional presentaron una demanda contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, tras las sanciones impuestas por su administración a miembros de ese tribunal. La acción legal fue ingresada ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York por Kimberly Prost de Canadá, Solomy Bossa de Uganda y Reine Alapini-Gansou de Benín. Esta es la primera presentación judicial en la que se involucran directamente magistrados de este tribunal internacional.
La controversia se originó a raíz de una orden ejecutiva dictada por el mandatario estadounidense en febrero de 2025. Mediante este decreto, se declaró un estado de emergencia nacional y se aplicaron medidas restrictivas contra fiscales y jueces de la corte que impulsaron una orden de arresto contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y que iniciaron investigaciones sobre presuntos crímenes de guerra cometidos por militares estadounidenses en Afganistán.
Las sanciones aplicadas incluyen la congelación de activos financieros, la prohibición de ingreso a territorio estadounidense, el cierre de cuentas bancarias y restricciones para utilizar diversas plataformas tecnológicas. En el texto de la demanda, las juezas argumentan que el presidente estadounidense se extralimitó en sus facultades legales y constitucionales al dictar la orden ejecutiva. Según los demandantes, la medida vulnera compromisos asumidos por Estados Unidos bajo el derecho internacional, contradice normativas aprobadas por el Congreso y supera las atribuciones que otorgan la Ley de Emergencias Nacionales y la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional.
Asimismo, sostienen que el decreto vulnera la Quinta Enmienda de la Constitución de ese país al privar a las personas de sus bienes sin un debido proceso, calificando el acto como arbitrario e ilegal según la Ley de Procedimiento Administrativo. Por su parte, el gobierno estadounidense justificó las sanciones argumentando que ni Estados Unidos ni Israel forman parte del Estatuto de Roma, el tratado fundacional de la corte, por lo que no reconocen su jurisdicción ni autoridad. El gobierno de Trump señaló que las actuaciones del tribunal internacional representan una amenaza directa a la soberanía de su país y constituyen un riesgo inusual y extraordinario para la seguridad nacional estadounidense.
La Corte Penal Internacional funciona desde el año 2002 con el mandato de investigar y juzgar delitos graves como el genocidio, crímenes de guerra, crímenes de agresión y delitos de lesa humanidad. Aunque EE.UU. no ratificó el tratado que dio origen al tribunal, ha colaborado con la institución en causas relacionadas con otros países de manera previa a este conflicto jurídico.
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