12°C · Nublado·Santiago·Martes, 04 de agosto de 2026

Actualidad Internacional

Condenado por prevaricación

Consejo General del Poder Judicial de España rechaza anular expulsión de Baltasar Garzón de la carrera judicial

A pesar del dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU, el órgano de gobierno de los jueces mantiene firme la sentencia que inhabilitó al exmagistrado por prevaricación.

Por Elke von Loebenstein·07 de septiembre de 2025·3 min de lectura
Imagen: eldiario.es
Imagen referencial

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de España desestimó la petición de Baltasar Garzón para anular los acuerdos de 2012 que certificaron su expulsión de la carrera judicial. Esta decisión se produce a pesar de que el Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyera recientemente que Garzón había sido condenado en un proceso «arbitrario».

El caso se remonta a 2009, cuando Garzón, en el marco de la investigación del ‘caso Gürtel’, ordenó la intervención de las conversaciones entre algunos imputados y sus abogados en la prisión de Soto del Real.

El exmagistrado justificó esta medida en el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, argumentando que existía el riesgo de que los cabecillas de la red continuaran blanqueando dinero o dirigiendo la organización desde prisión con la ayuda de sus defensores.

Sin embargo, la decisión fue controvertida, ya que el derecho de defensa y el secreto profesional entre abogado y cliente son pilares fundamentales del sistema jurídico.

La prevaricación por la que fue condenado Garzón consistió en añadir un inciso al auto que acordaba la grabación de esas conversaciones, extendiendo la medida a «cualesquiera otros que en el futuro puedan asumir la defensa».

En 2012, un tribunal condenó a Garzón por prevaricación y lo inhabilitó durante once años, entendiendo que había dictado resoluciones injustas de manera consciente. Al estar aforado y haber sido juzgado por la Sala de lo Penal del Supremo, Garzón no tuvo derecho a recurso de apelación.

La sentencia marcó un precedente claro: la intervención de las comunicaciones abogado-cliente solo puede justificarse en circunstancias extremas y con pruebas sólidas. A pesar del reciente dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU, el CGPJ decide que la sentencia sigue siendo firme, cerrando así la puerta a una posible reincorporación de Garzón a la carrera judicial.

El exmagistrado buscaba que esos acuerdos fueran declarados nulos basándose en el dictamen internacional.

Garzón, sin embargo, recurrió la decisión para que sea revisada por el Pleno del órgano de gobierno de los jueces.

Cabe señalar que el Comité de Derechos Humanos de la ONU en agosto de 2021 dictaminó que el juicio contra Garzón fue arbitrario y no cumplió con los principios de independencia e imparcialidad judicial.

Pero la ONU no es un tribunal de justicia y, por lo tanto, no dicta sentencias ni puede anular o revocarlas, y mucho menos la de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de España; tampoco puede actuar como un tribunal de apelación.

Lo que sí existe dentro del sistema de Naciones Unidas son órganos y comités de derechos humanos (por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos de la ONU), que pueden estudiar denuncias individuales contra los Estados que han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Sus resoluciones son dictámenes u observaciones, que tienen un peso político y moral, pero no fuerza ejecutiva directa.

El caso de Garzón se mueve ahora en dos direcciones. Por un lado, el CGPJ mantiene su postura: mientras la sentencia del Tribunal Supremo no sea anulada, los acuerdos de expulsión siguen vigentes.

Tras su condena por prevaricación en el caso Gürtel, Baltasar Garzón recurrió en amparo ante el Tribunal Constitucional, que rechazó su recurso; posteriormente, acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que también desestimó su demanda, sin entrar en el fondo del asunto.

El TC inadmitió el recurso de Garzón argumentando la “manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo”.

Garzón alegó que fue condenado por un delito inexistente en las leyes españolas y que la sentencia ponía en peligro la independencia judicial

Después del rechazo del TC, Garzón presentó demanda ante el TEDH, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales y la falta de una ley clara sobre escuchas judiciales en España.

Sin embargo, el TEDH no admitió su recurso y no llegó a pronunciarse de fondo sobre la condena, dejando firme la inhabilitación dictada por el Tribunal Supremo.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.