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Actualidad Internacional

Vacíos legales y dilemas éticos en gestación por sustitución

Bebé abandonado tras gestación subrogada desata debate legal en Argentina

La vida no es un producto, y un niño no es un objeto que debe cumplir expectativas y ser descartado si no se ajusta a lo acordado, señala el fallo. Jueza declara adoptable al recién nacido y urge regulación de la práctica.

Por Elke von Loebenstein·05 de octubre de 2025·2 min de lectura
Imagen: newtral.es
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La jueza de un tribunal de familia de Córdoba en argentina declaró en situación de adoptabilidad a un bebé nacido mediante gestación por sustitución, luego de que tanto la comitente francesa como la gestante cordobesa desistieran de asumir su cuidado.

Este caso sin precedentes ha puesto de manifiesto los complejos desafíos éticos y jurídicos que rodean esta práctica de la gestación por sustitución.

El bebé, nacido prematuramente en noviembre de 2024 con graves complicaciones de salud, fue concebido a través de un contrato con una agencia de subrogación. La comitente francesa, que nunca viajó a Argentina, desistió de su voluntad procreacional mediante un correo electrónico, citando razones económicas, jurídicas y personales. Por su parte, la gestante cordobesa, madre de cuatro hijos, expresó que no podía ni quería asumir el cuidado del recién nacido.

En su sentencia, la jueza calificó el abandono como una «vulneración directa a la dignidad humana», señalando que el niño fue tratado «más como un producto rechazado que como un ser humano con derechos».

La magistrada enfatizó que, «La vida no es un producto, y un niño no es un objeto que debe cumplir expectativas y ser descartado si no se ajusta a lo acordado».

La decisión judicial pone de relieve el vacío legal existente en la legislación de argentina, respecto a la gestación por sustitución, ya que esta práctica no está expresamente regulada en el Código Civil y Comercial. Ante esta situación, la jueza ha puesto en conocimiento del Poder Legislativo de la Nación su decisión, instando a considerar la regulación de esta técnica de reproducción asistida para «salvaguardar los intereses de las personas más vulnerables».

La magistrada subrayó la necesidad urgente de un marco normativo específico que establezca criterios claros sobre la validez y límites de los acuerdos, requisitos éticos y médicos, y mecanismos de supervisión para prevenir la explotación de niños en el contexto de la gestación por sustitución.

En su fallo señala que, «La falta de un marco normativo específico y uniforme genera inseguridad jurídica para todos los involucrados y plantea desafíos ético-jurídicos que requieren una urgente intervención legislativa».

Si bien la jueza no condenó la práctica de la gestación por sustitución en sí, hace un llamado a la reflexión sobre la necesidad de proteger los derechos de los recién nacidos por encima de cualquier acuerdo o deseo adulto. En tal sentido concluye que, «Cosificar a un niño es negarle su humanidad, verlo como el resultado de una inversión económica o un bien sujeto a mercado. Ningún ser humano debería comenzar su vida bajo esa mirada».

Se trata de un caso inédito que ha generado un debate sobre la urgente necesidad de regular la gestación por sustitución, buscando un equilibrio entre los avances científicos, los deseos de paternidad y la protección de los derechos del niño. La decisión pone de manifiesto la complejidad de los dilemas éticos y legales que rodean a esta práctica de reproducción asistida.

Vea sentencia Tribunal de Gestión Asociada de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de Córdoba de Argentina.

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