Acción de Protección
Corte Suprema.
Seremi debe restituir fondos a colegio por fiscalización errónea fuera de horario de clases.
Se comprobó que el descuento en la subvención fue producto de una fiscalización defectuosa que no fue corregida, pese a haber sido reconocida por la propia autoridad educativa.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto por la Corporación Educacional A-Lafkén en contra de la Secretaría Ministerial de Educación de la Región del Bío Bío, que le aplicó un descuento de $3.824.076.- a la subvención mensual del colegio que administra la actora, por discrepancias en la asistencia registrada durante una fiscalización.
La recurrente, administradora del Colegio A-Lafkén de Penco, sostuvo que el descuento es arbitrario e ilegal, porque se basó en un acta con un error manifiesto: consignar asistencia “0” en el curso pre-kínder (NT1) un día lluvioso y ventoso, cuando dicho curso funciona en la tarde y realmente asistieron 28 niños de 30 matriculados.
La recurrida sostuvo que la resolución de descuento se fundamenta en la fiscalización realizada por la Superintendencia de Educación, conforme a lo establecido en el DFL N° 2 de 1998 y la Ley de Subvenciones, que permite ajustar el monto de la subvención por discrepancias entre la asistencia declarada y la observada en visitas inspectivas. La autoridad indicó que la medida es legal y se aplicó dentro del marco normativo vigente, explicando que el descuento corresponde a las discrepancias detectadas en la visita del 5 de septiembre de 2023.
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