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Acción de Protección

Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Declaración de vacancia del cargo de funcionaria que acumuló 513 días de ausentismo, es arbitraria, al no explicar por qué su estado de salud es incompatible con el cargo.

La resolución impugnada se limita a consignar el tiempo a lo largo del cual la recurrente gozó de licencias médicas y a dejar constancia de que, requerido su informe, la COMPIN entendió que la actora ‘presenta un estado de salud Recuperable’, sin indicar razones que expliquen que el estado de salud de la funcionaria sea incompatible con las tareas a las que está asignada.

Por Francisca Atenas·14 de marzo de 2025·4 min de lectura
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Antofagasta, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, que dispuso el cese de funciones de la actora por salud incompatible con el cargo.

La recurrente expuso que trabajó durante más de once años en el Centro Oncológico Norte de Antofagasta, en el cargo de técnico paramédico. Tras el nacimiento de su hijo en 2021, sufrió de depresión postparto, lo que generó que estuviera con licencia médica por varios meses. Posteriormente, en 2023, experimentó acoso laboral y fue operada de una afección traumatológica, lo que extendió su licencia médica. A pesar de ser evaluada por COMPIN, quien determinó que su salud era recuperable, en septiembre de 2024 se le notificó la vacancia de su cargo por salud incompatible, a pesar de su reincorporación al trabajo y la falta de una declaración formal de irrecuperabilidad por parte de COMPIN. La actora consideró esta decisión arbitraria e ilegal, ya que no se cumplieron los requisitos establecidos en la ley. Solicitó que se ordene su reincorporación y el pago de sus remuneraciones adeudadas.

El recurrido solicitó el rechazo de la acción, argumentando que la recurrente presentó 24 licencias médicas por un total de 513 días, no pudo reincorporarse a sus labores debido a problemas de salud mental y ambiente laboral. Explicó que, tras diversas evaluaciones y visitas domiciliarias, se determinó que la funcionaria tenía una salud recuperable, y que luego se declaró vacante su cargo conforme a la normativa. La vacancia del puesto se notificó tras una serie de trámites administrativos, incluyendo la consulta al COMPIN, que confirmó que la compatibilidad con el cargo es una facultad exclusiva del jefe superior del Servicio. Además, agregó que la prolongada ausencia de la funcionaria causó perjuicios en el Centro Oncológico del Norte, afectando la atención a pacientes con cáncer.

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