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Nacional

Tribunal de Apelaciones — Medidas cautelares

Corte de Apelaciones revoca arresto domiciliario y ordena retorno a prisión preventiva

En fallo dividido, el tribunal en lo penal anuló la medida cautelar otorgada en primera instancia al condenado por homicidio, tras constatar tres incumplimientos en menos de 24 horas. Un magistrado disintió y propugnó aplicar el test de proporcionalidad.

Por Redacción·17 de junio de 2026
A suspect in an orange jumpsuit is interrogated by detectives in a dimly lit room.
Imagen referencial

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º turno resolvió revocar el arresto domiciliario total impuesto en primera instancia y ordenó que el imputado retorne a prisión preventiva hasta el 26 de noviembre de 2026. El tribunal analizó tres incumplimientos registrados entre el 27 y 28 de abril a las restricciones que regían la medida cautelar, denunciados por la fiscal de Homicidios.

Los incumplimientos ocurrieron en menos de 24 horas: el 27 de abril entre las 22:47 y 23:16 horas; el 28 de abril entre las 2:27 y 2:33, cuando el imputado se dirigió a un pasaje de la zona para recoger a su pareja; y el mismo día entre las 7:14 y 7:17, cuando manifestó haber acudido al domicilio de la pareja para dejar una llave. El imputado fue condenado a 12 años de cárcel por homicidio y había recibido arresto domiciliario total con monitoreo electrónico doble, bajo responsabilidad de su madre.

La fiscal de Homicidios sostuvo que los incumplimientos justificaban la revocación, argumentando que "para fugarse no es necesario que haya un plan de fuga, es simplemente sustraerse a la posibilidad de control, y esto es lo que claramente quedó determinado. Estar ahí es voluntario, si se va, la Fiscalía se entera mal y tarde".

La mayoría del tribunal concluyó que "a tan solo 7 días de impuesto el arresto domiciliario total, el imputado lo incumplió y que en un lapso menor de 24 hs con conciencia y voluntad incumplió en 3 ocasiones". El dictamen de Apelaciones sostuvo que "los incumplimientos constatados evidencian que el imputado se trata de una persona transgresora, que no acata las normas y/o las obligaciones que se le imponen" y que la medida no lograba "neutralizar eficazmente el riesgo procesal que ameritó su imposición".

Un magistrado presentó disidencia. Consideró que los incumplimientos "no conducen necesariamente a la revocación del arresto domiciliario" y propugnó aplicar el test de proporcionalidad aconsejado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Para este voto, el imputado "no huyó" y en dos ocasiones permitió comunicación con la policía; en la tercera, aunque no lo hizo, "tampoco el hecho se cristalizó en una verdadera fuga o sustracción al proceso".

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