Nacional
Suprema Corte de Justicia — Derecho sucesorio
Corte anula parcialmente fallo sobre cesión de derechos hereditarios y alcance de gananciales
La Suprema Corte de Justicia acogió parcialmente el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en causa sobre simulación de contrato hereditario, anuló la sentencia de Apelaciones respecto de la inclusión de derechos de ex gananciales en la cesión de 2003 y mantuvo debate sobre la validez de la operación.

La Suprema Corte de Justicia resolvió amparar parcialmente el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en causa sobre cesión de derechos hereditarios y daños y perjuicios, y en su mérito anuló la sentencia de segunda instancia dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno en cuanto entendió que en el contrato de cesión de derechos hereditarios también se incluyó la cesión de derechos de ex gananciales.
El litigio se originó en una compleja cadena de operaciones inmobiliarias y cesiones de derechos sobre la sucesión del Sr. Alís Cedrés Vázquez, fallecido el 29 de abril de 1995. El 8 de febrero de 2001, la cónyuge supérstite y sus dos hijos prometieron vender a la parte actora el padrón Nº 848 de La Coronilla Rocha, Rocha, por U$S 2.000. El 11 de julio de 2003, los tres promitentes cedieron a favor del promitente adquirente y su cónyuge "los derechos hereditarios que les correspondían en la sucesión" del Sr. Cedrés Vázquez. Posteriormente, el 15 de noviembre de 2017 y el 30 de julio de 2019 se concretaron sucesivas cesiones de derechos que motivaron el reclamo de la parte actora por simulación y nulidad.
La parte demandada cuestionó la decisión de Apelaciones en tres aspectos fundamentales. Primero, argumentó que el tribunal de segundo grado dictó sentencia sobre hechos que no integraban el objeto del proceso, al aceptar la existencia de un acuerdo para cubrir deuda de contribución inmobiliaria sin "otra noticia que la mera afirmación" de parte. Señaló como absurdo que "dos terrenos puedan darse en pago de la deuda por contribución inmobiliaria de otro terreno de idéntico valor" cuando esa deuda, por prescripción, no excedería diez años de antigüedad.
En segundo término, denunció error en la valoración de la prueba, enfatizando que existía prueba en contrario: la declaración de quien "llevaba la voz cantante en la familia Cedrés" negó radicalmente el acuerdo alegado. Tercero, cuestionó la calificación del negocio jurídico, sosteniendo que la escritura de cesión no hacía referencia alguna a bienes gananciales y que el Escribano que la redactó y autorizó reconoció "que no comprendía los derechos a los gananciales."
La Corte, por mayoría legalmente requerida, consideró que correspondía amparar parcialmente el recurso y anular la sentencia de Apelaciones en cuanto a la cuestión de los gananciales. El tribunal precisó que debía determinar "si la cesión de derechos hereditarios celebrada el 11 de julio de 2003 resulta nula por simulación y, en caso negativo, el alcance del objeto de tal negocio."
Respecto de la admisibilidad del recurso, la Corte desestimó el argumento de la parte actora sobre cuantía insuficiente. Confirmó la jurisprudencia según la cual "los requisitos de admisibilidad del recurso de casación deben configurarse al momento de la demanda" y que "el monto o cuantía del asunto se acredita mediante el cumplimiento de la carga prevista en el art. 117 nral. 6º del Código General del Proceso."
La sentencia se adoptó con una disidencia: los Ministros Sosa Aguirre y Pérez Brignani extendieron discordia sobre el punto resolutivo relativo a los gananciales.
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