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Nacional

Justicia penal — Responsabilidad empresarial

Condenan a tres gerentes chinos por incumplimientos graves en obra de transmisión eléctrica

La Justicia de Paysandú dictó sentencia por responsabilidad penal empresarial contra directivos de una contratista que ejecutaba un proyecto de 365 kilómetros de líneas de transmisión. El tribunal halló 21 clausuras preventivas y reiterados delitos de seguridad laboral.

Por Redacción·25 de junio de 2026
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La Justicia de Paysandú condenó por responsabilidad penal empresarial a tres ciudadanos chinos que ejercían funciones de gerentes de construcción y jefe de obra en una empresa contratista encargada del diseño, construcción y mantenimiento de 365 kilómetros de líneas de transmisión eléctrica en los departamentos de Tacuarembó y Salto.

La empresa contaba con aproximadamente 700 trabajadores en su plantilla, más de 500 de ellos provenientes de China y Ecuador. A lo largo del proyecto se establecieron múltiples frentes de trabajo y obradores distribuidos en Paysandú, Salto y Tacuarembó, donde se alojaba a los empleados; algunos de estos alojamientos concentraban a más de 260 personas.

Desde el inicio de las obras, la Inspección General del Trabajo dispuso 21 clausuras preventivas tanto en obradores como en frentes de obra, e impuso varias multas por incumplimientos reiterados. Las inspecciones detectaron irregularidades en los alojamientos que "atentaban contra la salud y la dignidad de los trabajadores", según señala la Fiscalía. La entidad acusadora destacó que "la clausura preventiva es la medida extrema que los inspectores de trabajo pueden tomar cuando se constata un peligro grave e inminente para la integridad física de los trabajadores. Estas actuaciones dan la pauta de que persisten a lo largo del tiempo condiciones de riesgo grave para el personal y persisten los incumplimientos de las normas de prevención y seguridad laboral".

El Sindicato de la Construcción (Sunca) había denunciado ante la Fiscalía la situación laboral en el proyecto, incluyendo accidentes laborales y vehiculares. La investigación fiscal determinó que los acusados "ejercían el poder de dirección en dichos sitios, siendo los responsables en materia de seguridad, higiene y condiciones ambientales de trabajo".

La Ley de Responsabilidad Penal Empresarial (artículo 1º) establece que "el empleador, o quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa, no adoptaren los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador, serán castigados con tres a veinticuatro meses de prisión".

En un proceso abreviado, la Fiscalía de Paysandú de 3º turno logró la condena de los tres ciudadanos por reiterados delitos de responsabilidad penal empresarial. El tribunal impuso ocho meses de libertad a prueba, con obligación de fijar domicilio, presentarse semanalmente en comisaría y prestar servicios comunitarios. Los condenados tienen prohibido salir del país.

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