
TRIBUNAL AVALA PRUEBA CONFESIONAL
Tribunal Constitucional respalda prueba confesional en procesos de libre competencia
El derecho a no autoincriminarse solo se aplica a causas criminales y no a procedimientos de libre competencia. El legislador tiene libertad para configurar las garantías del debido proceso, siempre que sean racionales y justas. El procedimiento ante el TDLC cumple con estos requisitos. El derecho a guardar silencio no se extiende automáticamente a procedimientos no penales como los de libre competencia. Descarta que exista una asimetría procesal o desigualdad entre la FNE y las personas naturales requeridas. La libertad personal y seguridad individual no se ven amenazados en el contexto de un
07 de septiembre de 2025
