
Municipalidad de Cobquecura no puede modificar unilateralmente las funciones para las que fue designada la actora.
La alteración de las funciones de la recurrente vulneró su derecho a la integridad física y psíquica, al generar una sobrecarga laboral, y afectó su garantía de igualdad ante la ley, al imponerle de manera arbitraria y discriminatoria las funciones de otra funcionaria desvinculada.
21 de marzo de 2025
