
Derecho migratorio
TEDH descarta vulneración del derecho a la vida familiar en denegación de residencia a padre de menor con discapacidad
Concluyó que España no infringió el artículo 8 del Convenio. Actuó dentro de su margen de apreciación al negar la autorización de residencia a un ciudadano extranjero, padre de un menor con discapacidad, al estimar que las autoridades ponderaron adecuadamente el interés familiar y el control de la inmigración.
10 de febrero de 2026
