
Ley N° 21.659
Contraloría aclara que labores de resguardo interno ejercidas por funcionarios públicos no corresponden a seguridad privada
La Contraloría determinó que las labores de resguardo interno realizadas por funcionarios públicos en sus propias instituciones no constituyen actividades de seguridad privada, pues forman parte del ejercicio de la función pública y quedan fuera del ámbito regulado por la Ley N° 21.659.
03 de diciembre de 2025
