
Derecho al honor no vulnerado.
No existe un derecho absoluto a tener cuenta en Facebook si no se cumple con las condiciones de uso, resuelve Tribunal Supremo de España.
La recurrente infringió las condiciones de uso tanto al registrarse como al utilizar el servicio, ya que dichas condiciones exigen transparencia y veracidad en los datos de los usuarios, y establecen la obligación de abrir una página si se desea utilizar el perfil o la biografía con fines comerciales.
02 de marzo de 2024
