
Mujer internada forzosamente en centro psiquiátrico debe ser indemnizada porque autoridades españolas no evaluaron debidamente las circunstancias del caso.
Los tribunales españoles, al ordenar la internación obligatoria de la mujer, no hicieron ninguna referencia a sus necesidades terapéuticas o médicas ni a la necesidad de evitar, por ejemplo, que se hiciera daño a sí misma o a otros. La medida de seguridad fue impuesta sin que se cumplieran las condiciones mínimas requeridas.
13 de febrero de 2025

