
Derechos digitales
Organismo español multa a empresa que agregó número telefónico personal de trabajadora a grupo de WhatsApp corporativo sin su consentimiento
La AEPD concluyó que los hechos descritos constituyen una infracción del Reglamento General de Protección de Datos, en lo relativo al tratamiento de datos personales sin base jurídica suficiente, y del derecho a la desconexión digital previsto en la normativa vigente.
15 de junio de 2025





