
Responsabilidad por rotura de instrumental que causó lesiones a una paciente recae en la clínica y no en el dentista que realizó el procedimiento, resuelve un tribunal español.
Los peritos han afirmando que el facultativo, antes de proceder a la exodoncia, debe realizar siempre una inspección visual del instrumental y el dentista declaró que así lo hizo. Los peritos han afirmado también que el defecto no era visible. No se aprecia que haya actuado contraviniendo la lex artis, descartando la mala praxis.
17 de marzo de 2025



