11°C · Nublado·Santiago·Miércoles, 05 de agosto de 2026

Tema

#abono heterogéneo

Imagen: Ciper
Amparo Constitucional

Amparo acogido

Corte de Temuco ordena abono heterogéneo y posible liberación de madre reclusa

Reconoce el tiempo cumplido bajo medidas cautelares en una causa distinta. Aplica el principio "pro reo" ante la falta de regulación expresa sobre abonos heterogéneos. Negar el abono vulnera principios fundamentales del derecho penal y procesal. La decisión podría resultar en la liberación inmediata de la condenada, quien reside con su hijo menor en un módulo materno-infantil.

25 de septiembre de 2025

imagen: legaltoday.com
Amparo Constitucional

Recurso de amparo acogido

Corte de Iquique ordena abonar prisión preventiva que cumplió el amparado en causa finalizada por decisión de no perseverar a la condena que actualmente cumple

La posibilidad de reabrir la investigación no impide conceder el abono del tiempo que el amparado estuvo en prisión preventiva, ya que la decisión de no perseverar pone término al procedimiento en esa etapa, sin perjuicio de que, si surgieran nuevos antecedentes, puedan evaluarse nuevamente las medidas cautelares conforme a la ley.

09 de junio de 2025

Corte Suprema ordena abonar prisión preventiva cumplida en causa sobreseída pese a ausencia de norma expresa
Amparo Constitucional

Recurso de amparo acogido.

Corresponde abonar a la condena días cumplidos en arresto domiciliario total en causa diversa.

Al decidirse por la jueza recurrida que no procede la imputación de abonos en causa diversa, ha incurrido en una ilegalidad, puesto que incorporó requisitos que no se contemplan por el legislador, vulnerándose además el principio rector de interpretación restrictiva de la ley procesal penal, en cuanto afecta derechos fundamentales del imputado, resuelve la Corte de Santiago.

28 de abril de 2025

Corte Suprema ordena abonar prisión preventiva cumplida en causa sobreseída pese a ausencia de norma expresa
Amparo Constitucional

Recurso de amparo acogido por Corte de Rancagua.

Debe imputarse a la pena privativa de libertad impuesta al amparado el tiempo que permaneció en prisión preventiva en causa diversa en la que fue en definitiva absuelto.

Las normas penales deben ser interpretadas restrictivamente sólo en el caso de afectar derechos fundamentales de los imputados, pero no cuando ellas dicen relación con los efectos libertarios de cualquier apremio o restricción a su libertad, como ocurre con el abono pedido por el amparado.

21 de marzo de 2025