Derecho a huelga y servicios mínimos
Corte Suprema rechaza queja de empresa naviera que buscaba ser incluida entre las compañías con prohibición de huelga
El máximo tribunal concluyó que los jueces de la Corte de Santiago no incurrieron en falta o abuso grave al rechazar la reclamación. El fallo tuvo en cuenta la existencia de un acuerdo vigente de servicios mínimos, la falta de antecedentes suficientes para acreditar un grave daño por una eventual paralización y el carácter excepcional de las restricciones al derecho a huelga.
11 de septiembre de 2026
