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Recurso de Nulidad

Recurso de nulidad acogido

Corte de Rancagua anula condena por aplicación errónea de reincidencia

Reduce pena al considerar prescrita una condena anterior de 60 días por falta. Error de derecho influyó sustancialmente en la pena impuesta, lo que justificó acoger la nulidad y rebajar la condena. Enfatiza importancia del principio pro homine en la interpretación de normas penales.

Por Francisca Barrios Benavente·19 de julio de 2025·3 min de lectura
Corte de Rancagua anula condena por aplicación errónea de reincidencia
Imagen referencial

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz que condenó al acusado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, como autor de los delitos de robo en lugar no habitado y hurto simple.

El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que el tribunal consideró indebidamente una condena anterior —de 60 días de prisión por hurto simple, dictada en 2021— para configurar la agravante de reincidencia del artículo 12 N°16 del Código Penal, a pesar de tratarse de una pena correspondiente a una falta, y por tanto prescrita según los artículos 97, 98 y 104 del mismo cuerpo legal.

Aduce que, al estar prescrita dicha pena no podía servir de base para agravar la nueva sanción, debiendo haberse aplicado una pena inferior bajo la regla del concurso del artículo 351 del Código Penal o, en su defecto, haber sancionado separadamente ambos ilícitos con un castigo más benigno, invocando además el principio de interpretación más favorable al reo (pro homine).

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