Recurso de Casación
Responsabilidad del Estado
Corte Suprema anula aumento de indemnización y mantiene en $50 millones reparación por daño moral a víctima de torturas durante la dictadura.
Acogió un recurso de casación en la forma del Fisco de Chile, anuló el fallo que había duplicado la indemnización y confirmó el monto fijado en primera instancia, al estimar que el alza carecía de fundamentación suficiente.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en la forma interpuesto por el Fisco de Chile y anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había aumentado de $50 millones a $100 millones la indemnización por daño moral concedida a una víctima de detenciones ilegales y torturas durante la dictadura militar. En sentencia de reemplazo, el máximo Tribunal confirmó el monto fijado en primera instancia por el Tercer Juzgado Civil de Santiago.
En la causa, tramitada como procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, el tribunal de primera instancia había acogido la demanda y condenado al Fisco al pago de $50.000.000.- por concepto de daño moral. Dicho fallo fue apelado y la Corte de Apelaciones de Santiago lo confirmó, pero con declaración que elevó la indemnización a $100.000.000.-. Frente a esa decisión, el Fisco dedujo recurso de casación en la forma, alegando falta de fundamentación en el aumento del quantum indemnizatorio, impugnación que fue acogida.
La Corte Suprema sostuvo que la sentencia de alzada incurrió en la causal de casación prevista en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, al no contener las consideraciones de hecho o de derecho que justificaran el incremento del monto indemnizatorio. En particular, advirtió que el fallo no explicitó antecedentes fácticos nuevos ni razones jurídicas específicas que permitieran comprender por qué se duplicaba la reparación otorgada en primera instancia, lo que configuraba una omisión de motivación y tornaba arbitraria la decisión.
El máximo Tribunal recordó que las sentencias deben expresar de manera clara, congruente y lógica los fundamentos que las sustentan, no solo como exigencia procesal, sino también como garantía frente a la arbitrariedad judicial y como manifestación del deber de rendición de cuentas de los tribunales ante la ciudadanía.
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema reafirmó que la indemnización del daño moral por violaciones a los derechos humanos reviste una especial trascendencia, en cuanto compromete el interés público y la obligación del Estado de reparar íntegramente los perjuicios ocasionados por la actuación culpable de sus agentes, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile.
El fallo detalló los hechos acreditados en la causa, entre ellos la detención de la víctima en 1985 durante el desalojo de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Chile, ocasión en que fue golpeado y privado de libertad por nueve días, así como una segunda detención en 1987, en la que fue sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes. Asimismo, se tuvieron por acreditadas las secuelas físicas y psicológicas persistentes, incluyendo estrés postraumático de alta gravedad, dolores corporales permanentes y afectaciones a su salud mental y física, además de su reconocimiento como víctima de prisión política y tortura por la Comisión Valech II.
La Corte consideró que el tribunal de primera instancia realizó un adecuado ejercicio de ponderación de estos antecedentes, explicitando las razones que justificaron la indemnización de $50 millones, monto que estimó proporcional y acorde con los padecimientos sufridos, teniendo en cuenta además los criterios de igualdad y coherencia con la jurisprudencia en casos similares.
Por estas razones, la Corte Suprema confirmó la sentencia de primera instancia, dejó sin efecto el aumento decretado por la Corte de Apelaciones y mantuvo la indemnización por daño moral en la suma de $50.000.000, sin costas.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°248.299-2023.
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