Medio Ambiente
Justicia ambiental en la Región de Atacama
Primer Tribunal Ambiental descarta ilegalidades en evaluación ambiental de proyecto de depósito de relaves filtrados de la Compañía Minera del Pacífico en Huasco
El Tribunal ratificó la legalidad de la aprobación del proyecto “Depósito de Relaves Filtrados, Plan de Pellet”, presentado por la Compañía Minera del Pacífico en Huasco, desestimando reclamaciones ciudadanas por supuestas ilegalidades en el proceso de evaluación ambiental. La sentencia reafirma la suficiencia técnica y el cumplimiento normativo del proyecto, destacando la correcta consideración de impactos y observaciones ciudadanas.

Se trató de un espacio de aprendizaje y diálogo, donde dos importantes expositores analizaron la temática “Delitos ambientales: estado del arte y proyecciones”, realizando un importante análisis de la situación actual en nuestro país.
Con esta decisión, el Primer Tribunal Ambiental confirma la legalidad de las resoluciones que aprobaron el proyecto “Depósito de Relaves Filtrados, Plan de Pellet”, presentado por la Compañía Minera del Pacífico S.A (CMP) en Huasco, Región de Atacama.
La revisión de los argumentos de las partes y de los antecedentes presentados durante la evaluación ambiental permitió al tribunal determinar que no resultaron efectivas las ilegalidades que fueron denunciadas por los reclamantes, las que se referían tanto a la tramitación como al contenido de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto.
La sentencia resuelve las reclamaciones presentadas por dos grupos de vecinos de Huasco, Vallenar y Freirina, tramitadas bajo los Roles R-99-2024 y R-108-2024, respectivamente.
En el primer caso, referido a la reclamación R-99-2024, se descartó que este hubiera sufrido cambios sustantivos durante la evaluación que justificaran un nuevo proceso de participación ciudadana. Además, se constató que la línea de base del medio humano fue caracterizada de manera adecuada durante la evaluación ambiental y que no se configuró una susceptibilidad de afectación directa que requiriera el desarrollo de un proceso de consulta indígena. Asimismo, se estableció que fueron considerados de manera correcta los pronunciamientos del Consejo de Monumentos Nacionales y del Servicio Nacional de Geología y Minería, mientras que las supuestas omisiones o errores de referencia denunciados constituyen solamente vicios formales que no afectan la validez de la RCA del proyecto al ser aspectos debidamente abordados durante la evaluación.
En el segundo caso, correspondiente a la reclamación R-108-2024, la sentencia resolvió que las observaciones ciudadanas fueron consideradas y debidamente abordadas en el proceso de evaluación ambiental. Así, se determinó la suficiencia técnica de la evaluación en lo referido al protocolo de compactación de relaves, a las medidas post-cierre, a la consideración del fenómeno del Desierto y el resguardo del patrimonio arqueológico. También se descartó la existencia de impactos significativos en la calidad del aire y supuestas deficiencias en el Plan de Contingencias y Emergencias. Finalmente, se determinó que el proyecto es compatible con los usos de suelos establecidos en los instrumentos de planificación territorial.
El proyecto
El proyecto de CMP contempla la construcción, operación y cierre de un depósito de relaves filtrados, en terrenos al sur de la Planta de Pellets de Huasco. Su objetivo principal es modificar la forma de disposición de los relaves de Planta de Pellets, habilitando un depósito de relaves en tierra. Este se emplazará dentro del recinto de CAP Minería, ubicado en la comuna de Huasco, Provincia de Huasco, Región de Atacama. La Planta de filtros estará localizada al interior de las actuales instalaciones de la Planta de Pellets, y el depósito de relaves estará ubicado al sur de ésta.
El proyecto fue ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en enero de 2020, mediante un Estudio de Impacto Ambiental.
La iniciativa contempla una inversión de 110 millones de dólares y una vida útil de 11 años.
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