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Legislativo

Preservación y conservación de la biodiversidad.

Proyecto de reforma constitucional modifica la Carta Fundamental para incorporar entre las materias de ley la creación de Áreas Protegidas.

La modificación pretende establecer dentro de las materias de ley que enuncia la Constitución, la creación o modificación de áreas protegidas en regiones que previamente tengan la mayor parte de su territorio destinado a la preservación y conservación de la biodiversidad.

Por Elke von Loebenstein·03 de enero de 2025·3 min de lectura
Imagen: gob.cl
Imagen referencial

La moción, patrocinada por los senadores Alejandro Kusanovic, Carlos Ignacio Kuschel y David Sandoval, modifica el artículo 63 de la Constitución, para agregar al listado de materias de ley, un nuevo numeral, de modo tal que, cuando se pretenda crear una nueva área protegida o modificar una vigente en regiones del país con más de un 40% de su superficie afectada previamente por esa declaración, deberá concretarse por medio de una ley.

La iniciativa expone que, de manera reciente, nuestro ordenamiento jurídico dio un salto para alcanzar una regulación armónica y uniforme de la institucionalidad sobre las áreas protegidas del país. Una de las medidas encaminadas a la conservación y preservación de sitios naturales, es la declaración de estos como «Áreas Protegidas». Con tal declaración, se busca la preservación del patrimonio natural junto a su valor escénico o cultural asociado, la continuidad de los procesos evolutivos y de las funciones ecológicas, junto con las poblaciones de especies y ecosistemas característicos del área, prohibiendo la explotación de recursos naturales con fines comerciales, como asimismo, el desarrollo de cualquier actividad, salvo aquellas autorizadas con propósitos de investigación científica, de educación o turismo de baja escala, como lo indica el articulo 79 y siguientes de la Ley N°21.600.

Agregan los autores de la moción que al declararse un área del territorio nacional como «protegida» se provoca, en la práctica, la petrificación perpetua del potencial desarrollo que podría tener la superficie declarada como tal, lo que representa, en definitiva, una barrera que limita el desarrollo territorial de las regiones, que es donde generalmente se crean estas áreas.

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