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Legislativo

Fútbol amateur

Proyecto de ley propone reconocer al fútbol amateur como actividad de interés público y reforzar normas de seguridad y transparencia

La iniciativa busca crear un estatuto autónomo para el fútbol amateur, incorporando medidas obligatorias de prevención de violencia, estándares de seguridad, mecanismos de transparencia financiera y un sistema de corresponsabilidad entre organizaciones deportivas y autoridades públicas.

Por Elke von Loebenstein·12 de mayo de 2026·5 min de lectura
Imagen: pasionporlosdeportes.cl
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Una moción parlamentaria ingresada a la Cámara de Diputadas y Diputados propone reconocer al fútbol amateur como una actividad de interés público y establecer un marco normativo integral destinado a regular materias de seguridad, prevención de violencia, responsabilidad y transparencia dentro de esta actividad deportiva.

El proyecto surge con el objetivo de llenar un vacío normativo existente en la legislación chilena, la cual actualmente regula únicamente el fútbol profesional, dejando al fútbol amateur sin un estatuto jurídico propio pese a su masividad y relevancia social.

Según antecedentes de la Asociación Nacional de Fútbol Amateur (ANFA), esta actividad reúne a 993.383 personas —hombres y mujeres— en calidad de futbolistas amateur, organizados en 15 asociaciones regionales (ARFA), 328 asociaciones locales y 3.716 clubes deportivos, constituyéndose como la mayor agrupación deportiva del país.

Los autores sostienen que el fútbol amateur cumple una relevante función social preventiva, vinculada a la cohesión barrial, contención juvenil y generación de alternativas frente a fenómenos como la delincuencia y el consumo problemático de drogas.

En ese sentido, el proyecto invoca antecedentes y lineamientos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), organismo que ha destacado el deporte como herramienta de prevención social del delito.

Sin embargo, la iniciativa advierte que recientes episodios de violencia evidencian la insuficiencia del marco regulatorio vigente en materias de seguridad, asistencia médica, fiscalización y transparencia financiera.

Entre los hechos mencionados se encuentra el homicidio del futbolista amateur Nicolás Vidal Faúndez, ocurrido el 1 de marzo de 2026 durante la Copa de Campeones en la comuna de San Antonio, así como un caso de amenazas con arma de fuego registrado en junio de 2025 en una cancha de la ciudad de Quilpué.

El proyecto también formula críticas respecto de la autonomía de la ANFA y de las asociaciones regionales en la administración de recursos y adopción de decisiones, señalando que ello podría generar espacios de opacidad en la gestión.

Por ello, la moción propone una regulación integral que reconozca expresamente al fútbol amateur como una actividad de interés público por su rol social y valor histórico dentro de las comunidades, estableciendo obligaciones mínimas de seguridad, transparencia y corresponsabilidad institucional.

Asimismo, contempla la creación de un Fondo de Apoyo a la Seguridad en el Fútbol Amateur, el cual sería administrado por el Ministerio del Deporte.

Entre las normas que sirven de sustento jurídico a la iniciativa se mencionan la Ley N°21.007, que estableció el Día Nacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz; la Ley N°21.457, que creó el Día Nacional del Futbolista y la Futbolista Amateur; la Ley N°19.712 o Ley del Deporte; la Ley N°19.327 sobre Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional; y la Ley N°20.019 sobre Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales.

La idea matriz del proyecto consiste en crear un estatuto normativo autónomo con enfoque integral, fundado en principios como la función social del deporte, respeto a los derechos de las personas, prevención social, seguridad, protección de niños, niñas y adolescentes, corresponsabilidad, transparencia, inclusión y no discriminación.

La propuesta contempla además la creación de instrumentos específicos, como un Plan Nacional de Seguridad en el Fútbol Amateur y un Registro Nacional del Fútbol Amateur.

El articulado se estructura en cinco títulos y 18 artículos.

En sus disposiciones generales, el proyecto define como ámbito de aplicación a las organizaciones encargadas de administrar el fútbol amateur a nivel nacional, regional y local, así como los torneos respectivos.

Asimismo, reconoce expresamente al fútbol amateur como una actividad de interés público debido a su función social y valor histórico en las comunidades, habilitando al Estado para promover acciones destinadas a fomentar esta actividad conforme a la Ley del Deporte.

En materia de principios rectores, la iniciativa establece que el fútbol amateur constituye una herramienta de integración social, organización comunitaria y fortalecimiento del tejido barrial.

También dispone el respeto irrestricto de los derechos de deportistas, cuerpos técnicos, socios, aficionados y comunidades, promoviendo además el deporte como mecanismo preventivo frente a la delincuencia, exclusión y consumo problemático de drogas.

El texto incorpora obligaciones de seguridad y resguardo de espacios deportivos, imponiendo condiciones mínimas para proteger la vida e integridad de quienes participan y asisten a los eventos.

En cuanto a corresponsabilidad, el proyecto establece que la prevención de la violencia recaerá conjuntamente en la ANFA, las ARFA y las autoridades locales.

La iniciativa también consagra normas especiales de protección de niños, niñas y adolescentes, bajo el principio de interés superior, así como obligaciones de transparencia e inclusión.

Respecto de los instrumentos propuestos, el proyecto contempla un Plan Nacional de Seguridad en el Fútbol Amateur que incluirá protocolos obligatorios para torneos, evaluación de riesgos en partidos de alta convocatoria, coordinación con autoridades municipales y policiales y programas de prevención de violencia deportiva.

Asimismo, se crea un Registro Nacional del Fútbol Amateur, administrado por la ANFA y reportado semestralmente al Ministerio del Deporte, donde deberán inscribirse deportistas, cuerpos técnicos, socios y simpatizantes mediante una plataforma digital.

En materia de estándares de higiene y seguridad, la propuesta establece la responsabilidad de la ANFA y asociaciones regionales en la adopción de medidas de prevención y sanción frente a hechos de violencia, incluyendo la obligación de denunciar delitos.

También se establece el deber de informar a las autoridades respecto de partidos de alta convocatoria.

El artículo 16 incorpora once medidas de seguridad obligatorias, entre ellas control de acceso, personal de seguridad, detectores de metales para partidos masivos, protocolos de evacuación, puertas separadas para barras, cámaras de televigilancia, insumos de primeros auxilios con desfibrilador externo automático (DEA), presencia de profesionales de la salud, registros de incidentes, iluminación adecuada y otras medidas necesarias.

La iniciativa contempla además inspecciones previas a cargo de la ANFA o las asociaciones regionales.

En materia tecnológica, el proyecto dispone la incorporación progresiva de herramientas como registros digitales de jugadores y delegaciones, sistemas de identificación, registros audiovisuales y plataformas de denuncia.

Finalmente, el Título V regula obligaciones de transparencia financiera para la ANFA y asociaciones regionales, imponiendo el deber de informar el origen de sus fuentes de financiamiento, publicar periódicamente estados financieros accesibles al público y mantener libros de socios y procedimientos de rendición de cuentas.

El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado con multas a beneficio fiscal.

Vea texto moción Boletín N°18205-29 y siga su tramitación aquí.

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